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Corte Suprema

LUBLIN DE RUBINSTEIN ROSA c/ AMABILE DE CIBILS GRACIELA Y OTRO s/EJECUTIVO

El recurso extraordinario planteado por las recurrentes en una ejecución de pagaré en dólares estadounidenses cuestionó la constitucionalidad y aplicación de la legislación de emergencia (ley 25.561, decreto 214/02 y ley 25.820) y la sentencia que rechazó la excepción de pago. La Procuración General dictaminó hacer lugar al recurso respecto de la legislación de emergencia, remitiéndose a su dictamen en la causa Pérsico, pero recomendó rechazarlo en cuanto a la excepción de pago por tratarse de cuestiones de hecho, prueba y derecho común.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 762. XLI. REX
Ejecucion de pagare Legislacion de emergencia Ley 25.561 Decreto 214/02 Ley 25.820 Dolares estadounidenses Excepcion de pago Arbitrariedad Recurso extraordinario Mutuo.

Actor/Ejecutante: No surge identificado en el fragmento; se trata de una ejecución de pagaré.

Demandado/Ejecutado: Las recurrentes (no identificadas por nombre en el fragmento).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de un pagaré librado en dólares estadounidenses, garantía de un contrato de mutuo.

¿Qué se resolvió?

En cuanto a la legislación de emergencia, corresponde hacer lugar al recurso por remisión al dictamen de la causa S.C. P. 122, L. XXXIX. En cuanto a la excepción de pago, corresponde rechazar el recurso, pues la sentencia de grado tiene fundamentos suficientes para excluir la tacha de arbitrariedad: el pago sólo funciona como excepción en los términos del art. 544 inc. 6° del CPCC si está documentado mediante recibo del acreedor con imputación clara a la deuda reclamada, requisito que los recibos aportados no cumplen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Si bien en el sub lite se trata de la ejecución de un pagaré librado en dólares estadounidenses (v. fs. 2, 4/7), las cuestiones materia de recurso, en orden a la constitucionalidad y aplicación de la legislación de emergencia (ley 25.561, decreto 214/02 y ley 25.820), guardan sustancial analogía con las examinadas en la causa..."

"...únicamente constituye excepción en los términos del artículo 544, inciso 6°, del Código Procesal, el pago documentado mediante recibo expedido por el acreedor y con imputación clara a la deuda reclamada (el subrayado es de la sentencia)."

"Los recibos copiados en autos (fs. 20, 60/63), juzgó el a quo, entre otros defectos, carecen de imputación clara a la satisfacción del crédito ejecutado."

Las críticas "pretenden meramente oponerse a las conclusiones del juzgador... resultan suficientes como para excluir la tacha de arbitrariedad".

Normas que cita

  • Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
  • Decreto 214/02
  • Ley 25.820Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
  • CPCCNart. 544 inc. 6° · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Pérsico, Luigi c/ Maffulli, Ciro y otro s/ Ejecución HipotecariaCSJN · 26/10/2004
  • Fallos 308:2405CSJN
  • Fallos 310:1395CSJN
  • Fallos 311:904CSJN
  • Fallos 312:1859CSJN
  • Fallos 313:473CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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