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Corte Suprema

PORTORRICO PEDRO DANIEL c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION PARA EL PERSONAL DEL ESTADO Y SERVICIOS PUBLICOS s/REAJUSTE POR MOVILIDAD

La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y revocó las sentencias apeladas en reclamos de reajuste por movilidad de haberes previsionales. Ordenó aplicar, para el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, el alcance de movilidad fijado en el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 235. XXV. RHE
Movilidad jubilatoria Haberes previsionales Recurso extraordinario Anses Caja nacional de prevision para el personal del estado Ley 24.241 Precedente chocobar Topes maximos Reajuste previsional Sistema previsional

¿Quién es el actor?

Pedro Daniel Portorrico y otros (numerosos titulares de beneficios previsionales, en la causa principal y en las acumuladas).

¿A quién se demanda?

Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos (hoy ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste por movilidad de los haberes jubilatorios.

¿Qué se resolvió?

por mayoria, se hizo lugar a los recursos extraordinarios deducidos por la ANSeS, se revocaron las sentencias apeladas y se ordenó que la movilidad del período 1° de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241 se aplique según el alcance fijado en el precedente "Chocobar". Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert votaron en disidencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en las causas referidas respecto del fondo del asunto resultan sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa C.278.XXVIII 'Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad', votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano y López, fallada con fecha 27 de diciembre de 1996, y votos del juez Vázquez en dicha causa y en autos B.223.XXV 'Bertone, Rogelio Héctor' del 15 de julio de 1997, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."

"Que respecto del sistema de topes máximos, los jueces Nazareno, Belluscio, Boggiano, Bossert y López remiten a lo resuelto en la causa D.429.XXVIII 'Del Azar Suaya, Abraham c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles', fallada con fecha 25 de septiembre de 1997."

¿Cómo votaron los jueces?

los doctores Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remiten, en lo pertinente, a sus disidencias en la causa "Chocobar".

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidadCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
  • Del Azar Suaya, Abraham c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 25/09/1997

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