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Corte Suprema

VILLALBA GARCIA GILBERTO c/ ALTO PARANA S.A. Y OTROS Y OTRO s/INCONST. ART. 39 LRT

El actor reclamó por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo en un establecimiento forestal, cuestionando la constitucionalidad del artículo 39 de la Ley 24.557 y la exigüidad de la reparación tarifada. La Procuradora General dictaminó que corresponde hacer lugar a la queja y dejar sin efecto la sentencia de Cámara por falta de fundamentación suficiente, al haberse apoyado en Gorosito sin análisis de las diferencias fácticas y al exigir un cálculo comparativo que el actor sí había aportado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 360. XXXIX. RHE
Arbitrariedad Falta de fundamentacion Articulo 39 ley 24.557 Gorosito Reparacion tarifada Accidente de trabajo Incapacidad laborativa Responsabilidad civil Articulo 1113 codigo civil Cosas riesgosas

¿Quién es el actor?

trabajador que sufrió un accidente laboral en un establecimiento forestal, con una incapacidad laborativa provisoria del 50,2%, de 29 años de edad y padre de cuatro hijos menores.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A. (aseguradora), Arroyo Tigre SRL y Alto Paraná SA (co-demandadas).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reparación integral por la vía civil (artículo 1113 del Código Civil y, subsidiariamente, responsabilidad subjetiva por incumplimiento de normas de seguridad e higiene), con declaración de inconstitucionalidad del artículo 39, apartado 1, de la Ley 24.557. Indemnización estimada en $90.000, frente a una renta mensual de $98,42 neto más $160 de asignaciones familiares reconocidas por la ley especial.

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó el rechazo de la demanda, sosteniendo la constitucionalidad del artículo 39 y aplicando Gorosito (Fallos 325:11), y consideró que no se había acreditado en forma correcta el carácter peyorativo de la indemnización tarifada respecto de la civil.

¿Qué se resolvió?

hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia por arbitrariedad, con reenvío para nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Ante todo, dado que el actor recurrió la sentencia con sustento en la falta de fundamentos del fallo de la alzada, se impone tratar en primer orden... los agravios que atañen a la arbitrariedad, dado que de existir ésta no habría, en rigor, sentencia propiamente dicha."

"[El juzgador] ha sustentado su decisión en el precedente de Fallos 325:11, sin emprender siquiera un mínimo esfuerzo argumentativo que justifique su aplicación al sublite, máxime cuando, prima facie, las circunstancias fácticas de uno y otro caso aparecen como disímiles."

"En ese contexto... bastaba con observar que en la demanda abundó sobre 'el escueto y paupérrimo esquema de prestaciones establecido por la ley 24.557' y que con el informe pericial contable se demostró que al actor se le... reconoció un importe mensual de $258,42 (neto $98,42, con más $160 en concepto de asignaciones familiares)."

"Concluyo, entonces, que la sentencia de la ad quem satisface sólo en forma aparente la exigencia de constituir una derivación razonada del derecho vigente con arreglo a los hechos de la causa, por lo que, ante la relación directa entre lo resuelto y las garantías constitucionales invocadas, se impone su descalificación como acto jurisdiccional."

El dictamen aclara que "no implica anticipar criterio sobre la solución que, en definitiva, proceda adoptar sobre el fondo del problema", materia reservada a las instancias competentes.

Normas que cita

  • Ley 24.557art. 39 · Ley de riesgos del trabajo
  • CCyCart. 1113 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CCarts. 1072, 1113 · Codigo civil

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