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Corte Suprema

TECNO BERISSO SOC. DE RESPONSABILIDAD LTDA. c/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES -PODER EJECUTIVO- s/DEMANDA CONTENCIOSOADMINISTRATIVA

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto por la demandada contra la sentencia de la Suprema Corte bonaerense que, en una demanda contencioso administrativa, había desestimado la aplicación de la ley 11.192 y ordenado aplicar el art. 163 de la Constitución provincial para la ejecución. El Tribunal dejó sin efecto la resolución apelada por aplicación de precedentes análogos (Fallos 316:3146 y A.D.A. S.R.L.), y devolvió los autos para que se dicte un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 229. XXXIII. REX
Demanda contencioso administrativa Ejecucion de sentencia Provincia de buenos aires Ley 11.192 Art. 163 constitucion bonaerense Recurso extraordinario Remision a precedentes Ejecucion contra el estado Fallos 316:3146 A.d.a. s.r.l.

¿Quién es el actor?

Tecno Berisso Soc. de Responsabilidad Ltda.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires (Poder Ejecutivo)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

demanda contencioso administrativa; en la etapa de ejecución de la sentencia se discutió la aplicabilidad de la ley 11.192 frente al art. 163 de la Constitución provincial.

¿Qué se resolvió?

se declara procedente el recurso extraordinario, se deja sin efecto la resolución apelada, las costas se imponen por su orden y los autos vuelven al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, al hacer lugar a la demanda, desestimó la solicitud de aplicación de la ley 11.192 formulada por la demandada, con fundamento en que por tratarse de una causa contenciosoadministrativa correspondía aplicar a los fines de la ejecución de la sentencia el art. 163 de la Constitución local." "Que las circunstancias del caso resultan esencialmente análogas a las que fueron materia de debate y decisión en Fallos: 316:3146 y reiteradas in re A.120.XXIX. 'A.D.A. S.R.L. c/ Provincia de Buenos Aires s/ demanda contenciosoadministrativa', del 11 de abril de 1995, a cuyos fundamentos cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 11.192 (Provincia De Buenos Aires)
  • Constitución (Provincia De Buenos Aires)art. 163

Fallos que cita

  • A.D.A. S.R.L. c/ Provincia de Buenos Aires s/ demanda contenciosoadministrativaCSJN · 11/04/1995 · Fallos 316:3146

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