TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. c/ ESTEVES EDUARDO D. s/SUMARIO
La Procuración General de la Nación dictaminó que corresponde hacer lugar a la queja interpuesta por Telefónica de Argentina S.A. en el reclamo de cobro de facturas del servicio telefónico. Propone declarar que la Justicia Federal es la competente para entender en la causa, revocando la sentencia que había declarado su incompetencia.
¿Quién es el actor?
Telefónica de Argentina S.A.
¿A quién se demanda?
Eduardo D. Esteves.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
pago de facturas adeudadas del servicio telefónico, correspondientes al período 06.11.90 al 05.11.91, invocando leyes 19.798 y 23.696/7, diversos decretos y resoluciones de la CNT y los Códigos Civil y Comercial.
¿Qué se resolvió?
el juzgado federal de Rawson aceptó su jurisdicción y corrió traslado. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia declaró de oficio la incompetencia del fuero federal y ordenó el archivo de las actuaciones. La Cámara denegó el recurso extraordinario y la actora presentó queja. La Procuración dictamina hacer lugar a la queja, declarar admisible el recurso extraordinario, revocar la sentencia y declarar la competencia federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"las decisiones en materia de competencia habilitan esta instancia de excepción cuando deniegan el fuero federal, lo que, a mi ver, acaece en estas actuaciones (Fallos: 300:839; 302:258; 310:849, 1425, 2214; 311:605; entre muchos otros)." "No obsta a ello, la presunta extemporaneidad del planteo, desde que -siempre según mi criterio- dados los términos de la reclamación, sus antecedentes jurisprudenciales y las condiciones en que ella fue admitida por el juez de grado y respondida por la contraria, no correspondía prever que la Alzada introdujera de manera oficiosa el tema de la competencia." "...tratándose de la interpretación de preceptos de tal naturaleza, resulta inoficioso todo examen relativo a la oportunidad de su introducción (Fallos: 300:902; 303:1928; 304:1109; 310:703, 1597; 311:186, etc.)." "...la cuestión guarda substancial analogía con la examinada por V.E. en autos 'Telefónica de Argentina S.A. c/ Rodríguez, Américo', 'Telefónica de Argentina S.A. c/ Quijano, Ana María' y 'Telefónica de Argentina S.A. c/ Hotton S.A.', oportunidades en que V.E. consideró de aplicación el precedente publicado en Fallos: 314:848."
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Normas que cita
- Ley 19.798Telecomunicaciones
- Ley 23.696Reforma del estado
- Decreto 731
- Decreto 59
- Decreto 62
- Decreto 420
- Decreto 575
- Decreto 636
- Decreto 677
- Decreto 1185
- Decreto 2096
- Decreto 2332
- Decreto 2344
- Decreto 1420
- Resolución 127
Fallos que cita
- Fallos 314:848CSJN
- Fallos 300:839CSJN
- Fallos 302:258CSJN
- Fallos 310:849CSJN
- Fallos 311:605CSJN
- Fallos 305:111CSJN
- Fallos 300:902CSJN
- Fallos 303:1928CSJN
- Fallos 304:1109CSJN
- Fallos 310:703CSJN
- Fallos 311:186CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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