CALO ALICIA JOSEFINA c/ KOHON JORGE ALBERTO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto contra la resolución que había declarado inapelable la sentencia de primera instancia por aplicación del límite del artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, actualizado tras la ley de convertibilidad 23.928. El Tribunal dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar nuevo fallo, compartiendo los fundamentos del dictamen de la Procuración General.
¿Quién es el actor?
Alicia Josefina Calo.
¿A quién se demanda?
Jorge Alberto Kohon.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo indemnizatorio en juicio civil, cuya sentencia de primera instancia fue objeto de apelación.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó que, por medio de quien corresponda, se dicte nuevo fallo conforme a lo expresado. Con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
el Tribunal sostuvo que "los agravios del apelante encuentran adecuada respuesta en los fundamentos del dictamen del señor Procurador General, que el Tribunal comparte y hace suyos brevitatis causae". Del dictamen que hace suyo se transcriben los pasos centrales: "en autos se encuentra en debate el problema relativo a si a partir de la sanción de la ley de convertibilidad del austral 23.928, quedó modificado el sistema de actualización de valores dispuesto por el artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para la determinación del límite, por razón de monto, de la apelación de sentencias judiciales." Asimismo: "el límite para la apelación previsto por el artículo 242 del Código Procesal, sólo puede ser actualizado hasta el 31 de marzo de 1991, toda vez que el artículo 10° de aquella norma, deroga, desde el 1° de abril del mismo año, todas las normas legales o reglamentarias que establecen o autorizan la actualización monetaria." Y: "El valor cuestionado, entonces, excede el límite que fija la ley ritual para la procedencia de la apelación." Se declaró inadmisible el agravio relativo a que el límite debía calcularse sobre el monto de la demanda y no sobre la controversia, por haber sido planteado tardíamente en la queja. Se consideró el recurso dirigido también contra la desestimación de la revocatoria, por la estrecha vinculación entre ambos pronunciamientos.
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Normas que cita
- Ley 23.928arts. 1, 10, 13 · Convertibilidad del austral
- Ley 23.850art. 242
- Constitución Nacionalart. 18
- Ley 17.454
Fallos que cita
- Fallos 311:274CSJN · 01/01/1993
- Fallos 315:1209CSJN · 01/01/1994
- Fallos 317:605CSJN · 01/01/1997
- Fallos 320:2786CSJN · 01/01/1997
- Fallos 316:2604CSJN · 01/01/1993
- Fallos 315:158CSJN · 01/01/1992
- Fallos 305:865CSJN · 01/01/1983
- Fallos 308:1230CSJN · 01/01/1986
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