JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Yacimientos Petrollferos Fiscales c/ Provincia de Corrientes y Otro

Yacimientos Petrolíferos Fiscales demandó a la Provincia de Corrientes y al Banco de Corrientes por el cobro de facturas impagas de productos entregados a productores afectados por inundaciones. La Corte Suprema hizo lugar a la demanda, consideró que el vínculo era un contrato administrativo atípico y que las demandadas asumieron una garantía de pago, no una fianza, y ordenó pagar la suma liquidada con actualización hasta 1991 y una tasa pasiva posterior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 315:158
Contrato administrativo atipico Garantia de pago Fianza Convenio de facilidades de pago Ley 23.928 Convertibilidad Actualizacion monetaria Tasa pasiva Competencia originaria Dano moratorio.

¿Quién es el actor?

Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF).

¿A quién se demanda?

Provincia de Corrientes y Banco de Corrientes.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de facturas de provisión de gas oil, lubricantes y agroquímicos entregados a productores bajo un convenio de facilidades de pago de 1984, por unos $ 443.295 (australes), más actualización e intereses.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la demanda; los demandados deben pagar la liquidación fijada en los considerandos 9°, 10 y 38; costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el convenio era un contrato administrativo atípico de carácter público, por lo que no se rige por las normas de la fianza del Código Civil; el banco y la provincia asumieron una "garantía de pago" inmediata al vencimiento, no una obligación subsidiaria. Con base en la ley 23.928 (convertibilidad), la Corte resolvió que no corresponde la actualización por depreciación posterior al 1/4/1991, y que desde esa fecha rige la tasa pasiva promedio que publica el BCRA (art. 10, decreto 941/91), para no generar enriquecimiento ni trasladar al deudor los costos de intermediación financiera.

¿Cómo votaron los jueces?

proponen, desde el 10/4/1991, la tasa que percibe el Banco de la Nación Argentina en descuento. Esta posición no es la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • Ley 23.928arts. 8, 10, 13 · Convertibilidad del austral
  • Decreto 941art. 10
  • Decreto 529
  • CCarts. 509, 622, 1986, 2004 · Codigo civil
  • CCOMarts. 480, 565
  • Constitución Nacionalarts. 17, 67 inc. 10, 100, 101, 108 · Constitucion nacional
  • Ley 4031 (Corrientes)art. 3

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