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Corte Suprema

GALEANO JUAN JOSE s/PEDIDO DE ENJUICIAMIENTO

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados removió al juez federal Juan José Galeano por mal desempeño, al encontrarlo responsable de pagos ilegítimos a un imputado y de entrevistas irregulares en la causa AMIA. El Procurador General propone desestimar la queja y confirmar la destitución, al considerar que no se acreditó una violación nítida del debido proceso ni de la defensa en juicio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 1777. XLI. RHE
Destitucion de magistrado Juicio politico Jurado de enjuiciamiento Mal desempeno Debido proceso Defensa en juicio Recurso extraordinario Irrevisibilidad de la valoracion de la prueba Independencia judicial Causa amia.

¿Quién es el actor?

Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación (en el proceso de remoción).

¿A quién se demanda?

Juez federal Juan José Galeano.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Remoción del cargo por mal desempeño, fundada en los cargos A) y D) (pago ilegítimo a Carlos Alberto Telleldín y entrevistas informales con filmación subrepticia) y en el cargo C.3) (entrevistas de la querella con el imputado Huici y su defensor, admitido por mayoría).

¿Qué se resolvió?

El Jurado destituyó al magistrado. El recurso extraordinario fue denegado y se planteó queja directa ante la Corte. El Procurador General dictamina en el sentido de desestimar la queja.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...no hay cuestión justiciable acerca de la valoración de los aspectos sustanciales del enjuiciamiento, es decir con relación a la apreciación de la prueba de las acciones u omisiones que habrían motivado la acusación y la puesta en funcionamiento del proceso, pues de lo contrario, el criterio de la Corte sustituiría al del Senado de la Nación o al del Jurado de Enjuiciamiento para decidir la remoción o absolución de los magistrados imputados..."

"...el apelante no demuestra en forma nítida, inequívoca y concluyente un menoscabo que exhiba relevancia bastante para variar la suerte de la causa (Fallos: 316:2946)..."

Respecto de las limitaciones probatorias y temporales: "...se trata de discrepancias con el criterio del tribunal para conducir el proceso, que no dan lugar a su revisión por medio del recurso extraordinario."

Sobre el cargo C.3 y la alegada afectación de la independencia por el contenido de las sentencias: "Se trata, entonces, de una decisión de mérito sobre la actuación del doctor Galeano como magistrado -que no puede ser controlada en esta instancia- y no una condena por el contenido de las sentencias que suscribió."

Conclusión: "...ausente la demostración en forma nítida, inequívoca y concluyente de la lesión a las reglas estructurales del debido proceso, no hay materia federal para la intervención de esta Corte..."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 18, 53, 115, 14, 31, 116, 117
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Ley 24.937art. 14 · Consejo de la magistratura
  • Decreto 2025
  • Ley 25.520Ley de inteligencia nacional

Fallos que cita

  • BrusaCSJN · Fallos 326:4816
  • NicosiaCSJN · Fallos 316:2946
  • Fallos 316:2940CSJN
  • Fallos 327:1914CSJN
  • Fallos 314:1723CSJN
  • Fallos 311:394CSJN
  • Fallos 312:72CSJN

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