OTHAZ MIGUEL ANGEL c/ MUNICIPLAIDAD DE NEUQUEN s/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD
El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén declaró la inconstitucionalidad de la ordenanza 7846/97 y del art. 14 inc. b de la ordenanza 7838/97 y excluyó a las juntas vecinales del proceso. La Procuración General dictaminó que corresponde revocar esa sentencia por falta de fundamentación suficiente y por apartarse del art. 237 de la Constitución provincial.
¿Quién es el actor?
Miguel Ángel Othaz (ciudadano y usuario del servicio eléctrico), y luego el fiscal de Estado de la provincia.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de la ciudad de Neuquén.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inconstitucionalidad de las ordenanzas 7846/97 y 7838/97, que permitían adjudicar en forma directa a la cooperativa CALF la concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica, sometida luego a referéndum.
¿Qué se resolvió?
el TSJ de Neuquén, por mayoría, declaró inconstitucional la ordenanza 7846/97 y el art. 14 inc. b de la 7838/97, y rechazó por unanimidad la intervención de las juntas vecinales.
Qué propone el dictamen: revocar esa sentencia y devolver los autos para un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Esta triple condición impide considerar que tengan un interés jurídico idéntico al de la comuna demandada" (sobre la legitimación de las juntas vecinales).
"no puede presumirse que cláusula alguna de la constitución esté pensada para no tener efecto y, por lo tanto, la interpretación contraria es inadmisible salvo que el texto de la constitución así lo indique".
"lo decidido afecta de manera directa e inmediata las garantías constitucionales invocadas, circunstancia que habilita a descalificar el fallo impugnado como acto judicial válido, según reiterada doctrina del Tribunal en materia de arbitrariedad de sentencias."
El dictamen sostiene que la sentencia se funda en "afirmaciones dogmáticas" y prescinde del art. 237 de la Constitución provincial, que equipara a las cooperativas populares con el Estado como prestadoras de servicios públicos.
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Normas que cita
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- Constitución Nacionalarts. 1, 5, 18, 22, 42, 43, 123
- Constitución (Neuquen)arts. 136, 204, 205, 207, 224, 237
- MUNICIPAL NEUQUEN (Neuquen)arts. 130, 139, 140, 141, 142
- Ley 2141 (Neuquen)art. 63
- Ley 2075 (Neuquen)
- Ley 24240Defensa del consumidor
- 7838/97 (Neuquen)arts. 2, 12, 14
- 7846/97 (Neuquen)art. 2
Fallos que cita
- Fallos 311:460CSJN
- Fallos 315:49CSJN
- Fallos 316:2382CSJN
- Fallos 319:1747CSJN
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