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Corte Suprema

LIMA ROLANDO ALBERTO s/EXCARCELACION

El Tribunal Superior de Neuquén rechazó la excarcelación de Rolando Alberto Lima, condenado en primera instancia a cinco años y detenido preventivamente mientras se tramita el recurso de casación. La Procuración General dictaminó que no existe sentencia definitiva ni caso equiparable, por lo que el recurso extraordinario federal no debe prosperar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 720. XLIII. REX
Excarcelacion Prision preventiva Recurso extraordinario federal Sentencia definitiva Equiparacion a sentencia definitiva Peligro de fuga Entorpecimiento de la investigacion Sentencia no firme Favorecimiento personal Falsificacion ideologica.

Actor/Recurrente: Defensa oficial de Rolando Alberto Lima.

Demandado/Recurrido: Tribunal Superior de la provincia de Neuquén.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Excarcelación de Rolando Alberto Lima, condenado no firme a cinco años de prisión por favorecimiento personal agravado y falsificación ideológica de instrumento público, en concurso real.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Superior de Neuquén denegó la excarcelación. El dictamen de la Procuración General propone rechazar el recurso extraordinario federal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Fundamento del tribunal provincial: "el imputado, cuando era juez de instrucción, cometió delitos que tienen que ver justamente con ayudar a procesados y condenados para que eludan la justicia, poniendo en crisis el descubrimiento de la verdad y la aplicación de la ley en diversas causas, por lo que se puede conjeturar igual conducta cuando se trata de su propia situación procesal."

Argumento de la defensa: que la condena no está firme, que el delito tiene pena de hasta seis años, que el juicio ya terminó y que el imputado siempre cumplió sus obligaciones procesales, acudiendo voluntariamente al llamado de prisión.

Dictamen de la Procuración: admite que la decisión que restringe la libertad antes de la sentencia final puede equipararse a sentencia definitiva en ciertos casos (Fallos: 280:297; 290:393; 307:359; 308:1631; 310:1835; 311:358; 314:791), pero considera que la excepción no aplica aquí porque (i) el daño de imposible reparación ulterior se encuentra disminuido al existir una condena en su contra dictada por el tribunal de juicio; (ii) la medida cautelar está en pleno debate casatorio y será revisada por un tribunal inferior, lo que impide la intervención previa de la Corte; y (iii) no se encuentra involucrada la constitucionalidad de las normas impeditivas de la excarcelación ni concurren graves defectos en el pronunciamiento denegatorio (Fallos: 314:791).

Conclusión: no se cumple el requisito de sentencia definitiva o equiparada, por lo que el recurso federal no debe prosperar.

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Fallos 280:297CSJN
  • Fallos 290:393CSJN
  • Fallos 307:359CSJN
  • Fallos 308:1631CSJN
  • Fallos 310:1835CSJN
  • Fallos 311:358CSJN
  • Fallos 314:791CSJN

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