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Corte Suprema

FISCO NACIONAL c/ PEMIHUAL S.R.L. s/EJECUCION FISCAL

La Procuración General dictaminó que corresponde revocar la sentencia que había rechazado la ejecución fiscal por la deuda de impuestos a las ganancias y al valor agregado, por considerar que la demanda contenciosa del art. 82 de la ley 11.683 no suspende la exigibilidad de los actos determinativos emitidos en el procedimiento de determinación de oficio. Sin embargo, propuso confirmar la inexigibilidad de la multa aplicada por la resolución MEND n° 210/99, por haberse promovido la demanda del art. 82 inc. a) respecto de ella.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 585. XXXVII. REX
Ejecucion fiscal Inhabilidad de titulo Art. 82 ley 11.683 Determinacion de oficio Multa Efecto suspensivo Fuerza ejecutoria Ley 19.549 Recurso extraordinario Renta publica

Actor (ejecutante): Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP / Fisco Nacional).

Demandado (ejecutado): Pemihual S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro, mediante ejecución fiscal, de deuda por impuesto a las ganancias, impuesto al valor agregado y multa aplicada por resolución MEND n° 210/99, con intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

El Procurador General opina que corresponde revocar la sentencia de fs. 30/32 que había rechazado la ejecución por encontrarse pendiente la demanda contencioso-administrativa del art. 82 de la ley 11.683, salvo en lo referido a la multa de la resolución MEND n° 210/99, respecto de la cual propone confirmar el rechazo de la ejecución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la admisibilidad: "si bien en principio los juicios ejecutivos no reúnen el requisito de existencia de una sentencia definitiva... cabe hacer excepción a ello cuando la cuestión debatida excede el interés individual de las partes y afecta al de la comunidad", por cuanto lo resuelto "podría importar un entorpecimiento en la percepción de la renta pública".

Sobre la vía del art. 82: el dictamen sostiene que "la acción promovida por la ejecutada contra las resoluciones que confirman las determinaciones de oficio que le fueron practicadas, no se ajusta a los parámetros del citado art. 82", por lo que corresponde la impugnación del art. 23 inc. a) de la ley 19.549.

Sobre el efecto suspensivo: "la mera interposición de la demanda no produce, per se y de modo automático, efectos suspensivos respecto de las resoluciones atacadas", en atención a la legitimidad y fuerza ejecutoria de los actos definitivos (art. 12, ley 19.549).

Sobre la multa: "La promoción de la demanda, en los términos del artículo citado... determina la inexigibilidad de la deuda reclamada", conforme el art. 51 de la ley 11.683, por lo que se confirma el rechazo de la ejecución en ese punto.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Pemihual S.R.L. c/AFIP-DGIJuzgado Federal de Mendoza
  • Fallos 308:1230CSJN
  • Fallos 311:1724CSJN
  • Fallos 321:1472CSJN
  • Fallos 323:2161CSJN
  • Fallos 255:41CSJN
  • Fallos 256:263CSJN
  • Fallos 258:36CSJN
  • Fallos 259:43CSJN
  • Fallos 268:126CSJN
  • Fallos 310:2682CSJN
  • Fallos 306:721CSJN
  • Fallos 307:518CSJN
  • Fallos 313:1293CSJN
  • Fallos 315:2668CSJN

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