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Corte Suprema

BOSSARELLI ALDO HUGO c/ MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS s/ART. 3 LEY 24043

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala V) impuso las costas por su orden al resolver el recurso de aclaratoria en un caso de nulidad de una resolución del Ministerio de Justicia. La Procuración General opinó que esa imposición carece de fundamentación objetiva y se aparta del principio de la derrota previsto en el artículo 68 del Código Procesal, por lo que propició dejarla sin efecto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 258. XLIII. RHE
Costas Imposicion en el orden causado Principio objetivo de la derrota Arbitrariedad Recurso extraordinario Queja Aclaratoria Ley 24.043 Resolucion 331/02 Fundamentacion aparente

¿Quién es el actor?

Aldo Hugo Bossarelli.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Resolución 331/02), en el marco de la aplicación del artículo 3 de la Ley 24.043.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

nulidad de la resolución 331/02 del Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

¿Qué se resolvió?

la Cámara declaró la nulidad de la resolución, en concordancia con lo decidido por la Corte, y al resolver la aclaratoria impuso las costas en el orden causado. La Procuradora opina que corresponde hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la imposición de costas, devolviendo los autos al tribunal de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Yque -como bien lo pone de relieve la propia actora- es jurisprudencia constante de esta Sala imponer las costas en el orden causado. Todo lo cual, ASÍ SE ACLARA".

"...dable es hacer excepción a esa regla cuando la decisión contiene sólo una fundamentación aparente, prescinde de circunstancias relevantes del proceso, o no satisface la exigencia de validez de las decisiones que impone siempre la aplicación razonada del derecho vigente con adecuada referencia a los hechos comprobados de la causa".

"Al respecto, advierto que la Sala, sin hacer mérito en algún elemento objetivo del proceso, impuso las costas por su orden, lo que considero desacertado a la luz de lo dispuesto por el artículo 68 del Código adjetivo."

Normas que cita

  • Ley 24.043art. 3 · Indemnizaciones
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Fallos 308:1076CSJN
  • Fallos 311:1950CSJN
  • Fallos 311:358CSJN
  • Fallos 316:224CSJN
  • Fallos 311:809CSJN
  • Fallos 323:3115CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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