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Corte Suprema

HAY CHAIA LUIS GERARDO c/ FORMA CREDITO SA s/EJECUTIVO

La Corte Suprema hizo lugar a la queja de Forma Crédito SA y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Comercial que había modificado la condena en perjuicio de la demandada. El tribunal de alzada se excedió en los límites de su competencia recursiva, violando las garantías de defensa en juicio y de propiedad por una reformatio in pejus.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 87. XLII. RHE
Reformatio in pejus Limites de la competencia recursiva Congruencia Defensa en juicio Propiedad Arbitrariedad Recurso extraordinario Queja Ejecucion en dolares Costas

¿Quién es el actor?

Luis Gerardo Hay Chaia.

¿A quién se demanda?

Forma Crédito SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de un crédito, con condena en dólares estadounidenses.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la resolución de la Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...el tribunal a quo incurrió en una indebida reformatio in pejus al colocar a la demandada en peor situación que la resultante de la sentencia recurrida, lo que constituye una violación en forma directa e inmediata a las garantías de defensa en juicio y de propiedad (Fallos: 258:220; 268:323; 312:1985; 319:2933), extremo que hace descalificable lo decidido con arreglo a la doctrina de esta Corte sobre arbitrariedad."

"...no obstante que la demandada sólo había deducido recurso de apelación con el objeto de que se corrija la incongruencia de la parte resolutiva de la sentencia y se revise la imposición de costas, la cámara modificó la extensión de la condena, apartándose de los límites de su competencia..."

"...el artículo 277 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación atribuye al tribunal de segunda instancia la jurisdicción que resulta de los recursos deducidos ante ella, limitación ésta que tiene jerarquía constitucional..."

Normas que cita

  • Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
  • Ley 25.820Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
  • Decreto 214
  • CPCCNart. 277 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Constitución Nacionalart. 18

Fallos que cita

  • Fallos 229:953CSJN
  • Fallos 230:478CSJN
  • Fallos 307:948CSJN
  • Fallos 315:127CSJN
  • Fallos 319:1135CSJN
  • Fallos 258:220CSJN
  • Fallos 268:323CSJN
  • Fallos 312:1985CSJN
  • Fallos 319:2933CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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