JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Malavasi, Ventura Eva c/ Previsora San Luis S.R.L. s/cobro de pesos - recurso de queja

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la demandada y dejó sin efecto la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de San Luis, que había desestimado un recurso de inconstitucionalidad por considerar que la decisión no era definitiva. El Tribunal Superior omitió pronunciarse fundadamente sobre los agravios constitucionales relativos a la exigencia del 17% para la seguridad social como requisito para el depósito del artículo 105 del Código Procesal Laboral de San Luis.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 997. XLVIII. REX
Recurso extraordinario Sentencia definitiva Etapa de ejecucion Arbitrariedad Derecho de defensa Debido proceso Art. 105 codigo procesal laboral san luis Seguridad social Deposito Recursos locales

¿Quién es el actor?

Eva Malavasi Ventura.

¿A quién se demanda?

Previsora San Luis S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de pesos. En la etapa de ejecución, la demandada objetó la liquidación practicada por la actora.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso extraordinario federal, se dejó sin efecto la sentencia apelada y se ordenó que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo conforme a lo expresado. Las costas se impusieron en el orden causado según el art. 68 del CPCCN (se declara con costas, sin especificar el sujeto obligado en el texto transcripto). Esta decisión, en cuanto a su alcance, implica que la Corte no se pronunció sobre el fondo de la cuestión sino sobre la omisión del tribunal provincial de tratar los agravios constitucionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Es doctrina de esta Corte que corresponde hacer excepción al principio según el cual las decisiones adoptadas en la etapa de ejecución de sentencia no son la sentencia definitiva requerida por el art. 14 de la ley 48 cuando lo decidido provoca un agravio de imposible o insuficiente reparación ulterior, tal como la afectación del derecho de defensa (conf. Fallos: 330:1383; 312:1467; 315:305 y 2757; 317:1397, entre otros)."

"En el caso, ese gravamen se configura en la medida en que, so pretexto del impedimento formal apuntado, el a quo soslayó el tratamiento de los agravios constitucionales de la recurrente, tal como lo admite expresamente en el auto de concesión de la apelación federal."

"... si bien el a quo se expidió sobre la validez constitucional del ya citado art. 105 del código ritual, lo hizo en forma dogmática, con base en precedentes propios sin demostrar su vinculación con el sub examine y con prescindencia de que la tacha de inconstitucionalidad no recaía sobre el texto de la norma procesal sino sobre los irrazonables alcances que le había atribuido la cámara provincial..."

"... las limitaciones a la procedencia de recursos locales no pueden ser óbice para el conocimiento, por los superiores tribunales de provincia, de las cuestiones constitucionales propuestas por los litigantes."

Normas que cita

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.