M. DE G., A. M. c/ EN - Mº E - SECRETARIA DE ESTADO DE I Y C Y OTRO s/daños y perjuicios
Una familia demandó a las tabacaleras y al Estado Nacional por los daños derivados de la muerte de un fumador por cáncer de pulmón. La Corte Suprema confirmó el rechazo de la demanda porque la pericia médica no logró acreditar la relación causal entre el consumo de cigarrillos y la enfermedad que causó la muerte.
¿Quién es el actor?
A. M. M. de G., M. R. G., G. S. G. y E. G. G. (esposa e hijos del causante C. G.).
¿A quién se demanda?
Massalin Particulares S.A., Nobleza Piccardo S.A.I.C. y F. y el Estado Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios derivados del fallecimiento de C. G. por cáncer de pulmón, atribuido al hábito de fumar, con fundamento en los arts. 902, 1109, 1113 del Código Civil, art. 5° y 40 de la ley 24.240 y art. 42 de la Constitución Nacional.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró admisible el recurso ordinario de apelación y confirmó la sentencia de Cámara que había rechazado la demanda. Con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por una cuestión de orden lógico, corresponde tratar el agravio señalado en el punto b, ya que si no se prueba el nexo causal entre el consumo de cigarrillos y la enfermedad padecida por el señor G., ello resulta suficiente para sellar la suerte negativa de la demanda y torna innecesario el tratamiento de los restantes agravios."
"Sin embargo, el peritaje es manifiestamente insuficiente para demostrar, en este caso, la relación causal entre el consumo de cigarrillos por parte del causante y el carcinoma bronquioloalveolar que padeció. Ello así, pues la perito no solo no hace referencia alguna a las circunstancias particulares del fallecido (cuánto fumaba, si ese hábito pudo, y en qué medida, causarle un cáncer del tipo descripto, etc.), sino que, además, al enumerar los tipos de tumores, manifiesta -en forma abstracta y sin mayores explicaciones- que los carcinomas bronquioloalveolares 'no suelen tener relación con los antecedentes tabáquicos'."
"Ante esta deficiencia del informe pericial y, a falta de otras pruebas sobre el punto, resultan insuficientes las dogmáticas afirmaciones de las apelantes respecto a que, en general, el cigarrillo puede causar cáncer de pulmón."
Respecto de la Cámara: la producción y comercialización de cigarrillos es lícita, el hábito de fumar es voluntario y la responsabilidad estatal por omisión requiere el incumplimiento de un deber legal concreto, no verificado en el caso (el análisis de los demás agravios quedó sin efecto por la falta de nexo causal).
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Leyes que cita
- Ley 340Codigo civil
- Ley 24.240Defensa del consumidor
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