Alberto Gaspar Spota y Otr~ c/ Caja de Subsidios Familiares Para El Personal de la Industria
La Corte Suprema hizo lugar a la queja de la Caja de Subsidios Familiares para el Personal de la Industria contra la revocación de la intimación a dos abogados para devolver honorarios percibidos en exceso. Declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la decisión de la Cámara por carecer de fundamentación suficiente.
¿Quién es el actor?
Alberto Gaspar Spota y otro.
¿A quién se demanda?
Caja de Subsidios Familiares para el Personal de la Industria (en el proceso, la recurrente) y, en el incidente, los profesionales Carlos H. Ellif y Enrique Butti, intimados a depositar honorarios percibidos en exceso.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
restitución de la diferencia entre honorarios regulados en una resolución aclaratoria (30.9.86, luego anulada por la Corte) y los que correspondían según la regulación del 4.8.86.
¿Qué se resolvió?
la Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la intimación de primera instancia a Ellif y Butti, sosteniendo que la intervención de terceros era improcedente en incidentes y juicios ejecutivos. La Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto ese pronunciamiento, ordenando dictar uno nuevo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"si bien es cierto que los pronunciamientos recaídos en los procesos de ejecución de sentencia no revisten, en principio, el carácter de sentencia definitiva en los términos del arto 14 de la ley 48, corresponde reconocerle tal carácter a la decisión que se impugna, toda vez que lo resuelto entraña la imposibilidad de lograr en estos autos la restitución de los honorarios regulados en exceso (...)" (considerando 3º).
"aun cuando el recurso interpuesto remite a cuestiones de derecho procesal y común, propias de los jueces de la causa y ajenas, como principio, a la vía del arto 14 de la ley 48, se advierten circunstancias excepcionales que conducen a tachar de arbitraria la resolución recurrida por carecer de fundamentación mínima que es recaudo de su validez y que tiene base constitucional" (considerando 4º).
"el único argumento dado por el tribunal a quo es inconducente para revocar la intimación a los doctores Ellif y Butti, quienes no fueron traídos a la causa en calidad de terceros" (considerando 5º).
"el a quo debió ponderar el carácter accesorio que los procesos incidentales revisten respecto de la causa principal y la necesidad del juzgador de conducir el proceso como un todo coherente, respetando el principio de economía procesal y el derecho de defensa de todos los litigantes" (considerando 6º).
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Normas que cita
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- Constitución Nacionalarts. 17, 18 · Constitucion nacional
Fallos que cita
- Spota, Alberto Gaspar y otros c/ Caja de Subsidios Familiares para el Personal de la IndustriaCSJN · 29/08/1989
- Fallos 308:122CSJN
- Fallos 308:914CSJN
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