Enrique Alberto Dihel
El recurrente planteó un recurso extraordinario contra la resolución que declaró inadmisible el recurso de inaplicabilidad de ley deducido contra la sentencia que desestimó su pretensión de actualizar el monto embargado a fin de regular honorarios. La Corte dejó sin efecto el pronunciamiento por falta de fundamentación suficiente, al sustentarse en afirmaciones dogmáticas que no se compadecen con los términos de las normas aplicables.
¿Quién es el actor?
DESCONOCIDO (el extracto no identifica las partes del litigio de fondo).
¿A quién se demanda?
DESCONOCIDO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
actualización del monto embargado a fin de regular honorarios.
¿Qué se resolvió?
se dejó sin efecto la resolución que declaró inadmisible el recurso de inaplicabilidad de ley local, por considerarla carente de fundamentación suficiente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"aunque los aspectos vinculados con la improcedencia de los recursos extraordinarios en el orden provincial son ajenos, como regla y por su naturaleza, al remedio federal del art. 14 de la ley 48, tal circunstancia no constituye óbice decisivo para invalidar lo resuelto cuando el tribunal no ha dado sustento suficiente a su decisión, con lo cual ha provocado un menoscabo a los derechos superiores invocados". Asimismo, se señaló que el pronunciamiento se sustenta "en meras afirmaciones dogmáticas que no se compadecen con los fundamentos expuestos en el recurso, ni con los claros términos de las normas aplicables al caso".
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Normas que cita
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
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