JurisprudenciaARG
Corte Suprema

RECKITT BENCKISER ARGENTINA S.A. c/ CHACO, PROVINCIA DEL s/ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA

Reckitt Benckiser Argentina S.A. promovió una acción declarativa de certeza contra la Provincia del Chaco por el tratamiento tributario del impuesto sobre los ingresos brutos. La Corte Suprema declaró su competencia originaria, corrió traslado de la demanda y hizo lugar a la medida cautelar de no innovar, ordenando que la actora tribute con la misma alícuota aplicable a contribuyentes locales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 717/2017
Accion declarativa de certeza Competencia originaria Medida cautelar de no innovar Impuesto sobre los ingresos brutos Alicuota Provincia del chaco Igualdad tributaria Contribuyentes locales Corte suprema Articulo 230 cpccn

¿Quién es el actor?

Reckitt Benckiser Argentina S.A., representada por el doctor Ignacio Fernández Borzese.

¿A quién se demanda?

Provincia del Chaco (no presentada en autos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa de certeza en materia de impuesto sobre los ingresos brutos y alícuota aplicable a la actora por actividad desarrollada en la jurisdicción.

¿Qué se resolvió?

se declaró la competencia originaria de la Corte; se corrió traslado a la provincia por sesenta días; se hizo lugar a la medida cautelar de no innovar, disponiendo que la actora tribute la misma alícuota que los contribuyentes locales de igual actividad hasta el dictado de sentencia definitiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite a los fundamentos de los precedentes "ENOD S.A." y "Aluar Aluminio Argentino S.A.", en razón de brevedad, y considera reunidos los presupuestos del artículo 230 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, citando en igual sentido las causas "Harriet y Donnelly S.A.", "Droguería del Sud S.A.", "Telecom Argentina S.A.", "Telecom Personal S.A.", "Bayer S.A." y "Telecom Personal S.A. c/ Chaco". El juez Rosatti se remite a su voto en la causa CSJ 2902/2015.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 1
  • CPCCNarts. 230, 319, 322, 338, 341 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

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