Recurso Queja Nº 2 - SOBRADO, WALTER LUIS Y OTRO c/ TRANSPORTE AUTOMOTOR PLAZA SACI Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Corte Suprema hizo lugar a la queja y dejó sin efecto la sentencia de la Sala D de la Cámara Civil en un juicio por daños derivados de un accidente de tránsito con lesiones o muerte. El tribunal remitió a sus precedentes sobre el alcance de la franquicia en seguros de transporte público de pasajeros y sobre la tasa de interés moratorio aplicable, y ordenó dictar un nuevo fallo conforme a lo resuelto.
¿Quién es el actor?
Walter Luis Sobrado y otro.
¿A quién se demanda?
Transporte Automotor Plaza S.A.C.I. y otro.
Citada en garantía: Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, que interpuso el recurso de queja.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con lesiones o muerte.
¿Qué se resolvió?
se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada, con los alcances indicados, con costas. Se ordena que el tribunal de origen dicte un nuevo pronunciamiento conforme al presente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en los precedentes 'Nieto', 'Villarreal' y 'Cuello' (Fallos: 329:3054; 329:3488; 331:379 y 330:3483) y en las causas CSJ 166/2007 (43-O)/CS1 'Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otros' y CSJ 327/2007 (43-G)/CS1 'Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otro', sentencias del 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones se dan por reproducidas."
"Que, por otra parte, los argumentos del a quo referentes a la aplicación al caso de la resolución 39.927/2016 fijada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, resultan ineficaces para modificar en autos el criterio del Tribunal respecto del alcance de la franquicia estipulada en el contrato de seguros del transporte público de pasajeros. Ello así, toda vez que la mencionada resolución rige para las pólizas emitidas a partir del 1° de septiembre de 2016 (art. 10 y resolución 40.006/2016, art. 1°) y no cabe su aplicación retroactiva."
"Que los agravios de la recurrente relativos a la tasa de interés aplicable resultan sustancialmente análogos a los resueltos por el Tribunal en 'García' (Fallos: 346:143), cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que los agravios de la recurrente vinculados con la aplicación de la doble tasa activa como interés moratorio a partir de la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación hasta el efectivo pago, resultan sustancialmente análogos a los resueltos por el Tribunal en la causa 'García, Javier Omar' (Fallos: 346:143)... Que los restantes agravios planteados resultan inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Normas que cita
Fallos que cita
- NietoCSJN · Fallos 329:3054
- VillarrealCSJN · Fallos 329:3488
- CuelloCSJN · Fallos 331:379
- Fallos 330:3483CSJN
- Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
- Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008
- DíazCSJN · Fallos 341:648
- Ciminieri, Martín Gabriel c/ Expreso Lomas S.A. y otrosCSJN · 10/09/2020
- García, Javier OmarCSJN · Fallos 346:143
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