JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

NARVAEZ, PEDRO FERNANDO c/ EN - ARCA - LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor promovió demanda de proceso de conocimiento contra el Estado Nacional–ARCA reclamando la inconstitucionalidad de las retenciones del Impuesto a las Ganancias sobre su haber jubilatorio y la restitución de las sumas detraídas. La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda, declaró la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas y admitió la pretensión con los alcances de prescripción, intereses y liquidación precisados en el fallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 000966/2026/CA001
Impuesto a las ganancias Jubilaciones Inconstitucionalidad Ley 20.628 Confiscatoriedad Vulnerabilidad Repeticion de tributos Prescripcion quinquenal Intereses Accion declarativa

¿Quién es el actor?

Pedro Fernando Narvaez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional–ARCA (AFIP).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

inconstitucionalidad de la retención del Impuesto a las Ganancias sobre el haber previsional y devolución de las sumas detraídas, con intereses.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala III, revocó la sentencia apelada y admitió la demanda con el alcance indicado y las precisiones del punto VI. Las costas de ambas instancias se distribuyen en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por tal razón, acatando el criterio sentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, corresponde declarar la inconstitucionalidad de los arts. 23, inc. c); 79, inc. c); 81 y 90 de la ley 20.628, texto según leyes 27.346 y 27.430, alcanzando también al texto modificado por las leyes 27.617, 27.725, 27.743, así como el decreto 473/23 y la reglamentación aprobada por el decreto 652/2024."

"En cuanto al alcance del reintegro de las sumas detraídas, la Sala puntualizó ... que, por tratarse de la devolución de un tributo nacional, resulta de aplicación el plazo de prescripción quinquenal previsto en el art. 56, inc. c), segundo párrafo, de la Ley 11.683, t.o. 1998 contado desde la interposición de la demanda ..."

Sobre los intereses: "resulta aplicable el art. 179 de la Ley N° 11.683 (t.o. 1998) en cuanto dispone que, en caso de repetición, aquellos comienzan a correr desde la interposición del recurso o de la demanda ante el Tribunal Fiscal, según fuere el caso."

La sentencia de primera instancia había rechazado la demanda porque el actor, de 60 años y sin padecimientos acreditados, no presentaba una situación de vulnerabilidad en los términos de "García" (Fallos: 342:411); la Cámara no comparte ese encuadre y acoge el criterio de la Corte en dicho precedente, remitiendo además a los precedentes de la propia Sala (causa 5148/2025, "Padilla").

No hubo votos en disidencia: los tres jueces coincidieron en el resultado.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.