Logo

QUINTEROS, HECTOR ANDRES c/ FACEBOOK ARGENTINA S.R.L. s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió demanda contra Facebook Argentina SRL para eliminar una imagen de una nota en su sitio web. La Corte Suprema revocó la condena a develar datos del usuario que creó la publicación, argumentando que ello restringía la libertad de expresión y vulneraba el debido proceso legal.

Recurso extraordinario Principio de congruencia Libertad de expresion Debido proceso Redes sociales Medida cautelar Obligaciones concurrentes Garantias constitucionales Falta de legitimacion pasiva Proteccion de datos Internet Accion principal Exceso de jurisdiccion Omision en el pronunciamiento Defensa de consumidores y usuarios Identificacion de usuario

¿Qué se resolvió en el fallo?

Internet y libertad de expresión: debido proceso legal La cámara revocó la condena a Facebook Argentina SRL a eliminar la imagen del actor de una nota disponible en una página en dicho sitio y confirmó la condena a develar los datos de registración del usuario que creó la publicación, la localización del servidor y la dirección IP, preservando la fuente periodística. Destacó que el texto de la nota estaba protegido por la libertad de expresión y que la imagen estaba comprendida por el ejercicio regular de ese derecho. La demandada interpuso un recurso extraordinario y la Corte revocó la sentencia apelada solo en cuanto condenaba a develar la información que permitiera identificar al usuario que creó la publicación cuestionada. Entendió que de ese modo se configuraba una restricción a la libertad de expresión en la esfera de una red social, sin cumplir con los recaudos básicos del debido proceso legal en tanto el tribunal apelado había omitido dar un tratamiento adecuado a la defensa planteada oportunamente por la demandada, según la cual esa cuestión no había integrado el objeto procesal de la acción principal sino únicamente de la medida cautelar. Efectivamente, la cámara se limitó a señalar que el juez de primera instancia no había fallado ultra petita dado que, al expedirse sobre la medida cautelar, supeditó el tratamiento de esa petición al momento procesal oportuno, por lo cual no se advertía de qué modo esa consideración del juez de primera instancia al rechazar la medida cautelar podía tener la virtualidad de transformar un pedido cautelar en una petición principal, sin menoscabo del principio según el cual los jueces no pueden convertirse en intérprete de la voluntad implícita de una de las partes, sin alterar, de tal modo, el equilibrio procesal de los litigantes en desmedro de la parte contraria. Agregó el Tribunal que la defensa planteada ante el tribunal apelado exigía un tratamiento riguroso pues la denuncia de exceso de jurisdicción pesaba sobre una cuestión que ponía en juego la garantía constitucional de libertad de expresión en internet en los términos de la ley 26.032.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar