JurisprudenciaARG
Ley provincial2015

Ley 14.697 de Buenos Aires

Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble, ubicado en la localidad de capilla del señor, partido…

Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble, ubicado en la localidad de capilla del señor, partido de exaltación de la cruz.

Fecha
27/01/2015
Jurisprudencia
60 fallos la citan

Texto completo

Mostrar u ocultar el texto

LEY 14697

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de Capilla del Señor, partido de Exaltación de la Cruz, designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 29, Parcela 7a, Partida Inmobiliaria N° (031) 12554, inscripción de dominio Folio N° 36.220, Serie A, del año 1903 a nombre de Antonio Diaz y/o quienes resulten ser los legítimos propietarios, con una superficie de dos mil quinientos treinta y tres metros cuadrados (2.533 m2).

ARTÍCULO 2°.- El inmueble que se expropia por la presente ley será transferido al dominio de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz para ser afectado a la ampliación del complejo de recreación “Paseo Arco Iris”, según Expediente de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz N° 25752/11.

ARTÍCULO 3°.- La Municipalidad de Exaltación de la Cruz deberá instrumentar los trámites necesarios para el cumplimiento de la presente ley.

ARTÍCULO 4°. Condónanse las deudas por impuestos provinciales que pudiera registrar el inmueble citado en el artículo 1° hasta la fecha de la transferencia del dominio a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, será atendido con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los diecisiete días del mes de diciembre de dos mil catorce.

Jurisprudencia que aplica la Ley 14.697 de Buenos Aires

60 fallos de la base de JurisprudenciaARG citan esta ley. Es lo que tenemos recopilado de fuentes oficiales: puede no estar todo. Abajo, los de 2022 en adelante.

Los más recientes

Base de datos pública de leyes y decretos argentinos. No se garantiza la exactitud de la información: consultá la fuente oficial por versiones actualizadas.

Leé los 60 fallos sobre la Ley 14.697

Creá tu cuenta en JurisprudenciaARG para buscar entre todos, filtrar por tribunal, fuero o fecha y leer cada fallo completo.