QUINTANA, JORGE LUIS Y OTROS s/RECURSO EXTRAORDINARIO
La Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal confirma la aplicación del agravante por uso de arma de fuego en un robo, interpretando el artículo 41 bis del Código Penal.
Agravante
Arma de fuego
Interpretacion de la ley
Sentencia arbitraria
Homicidio
Robo
Reincidencia
Codigo penal
Camara nacional de casacion penal
Interpretacion normativa
¿Qué se resolvió en el fallo?
Agravante por comisión del delito con arma de fuego: interpretación del artículo 41 bis del Código Penal
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Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 18 · Constitucion nacional
- Ley 25.297Codigo penal
- CParts. 41 bis, 165, 40 · Codigo penal
Fallos que cita
- ArévaloCSJN · Fallos 337:637
- DemaríaCSJN · Fallos 337:354
- Fallos 314:678CSJN
- Fallos 310:927CSJN
- Fallos 311:2548CSJN
- Fallos 330:4476CSJN
- Fallos 339:434CSJN
- Fallos 335:622CSJN
- Fallos 331:1090CSJN
- Fallos 328:4580CSJN
- Fallos 308:1938CSJN
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