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Corte Suprema

PETROARSA S.A. c/ PROVINCIA DE TUCUMAN s/INCONSTITUCIONALIDAD

La empresa demandó la inconstitucionalidad de la ley provincial que incrementa la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada y declaró la inconstitucionalidad de la norma local.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 225/2020/RH1
Impuesto sobre los ingresos brutos Provincias Hecho imponible Base imponible Defensa en juicio Sentencia arbitraria Fundamentos de la sentencia Recurso extraordinario Derecho publico local Jurisprudencia contradictoria Cuestion de derecho local Sentencias contradictorias Igualdad Seguridad juridica Corte suprema Impuesto Inconstitucionalidad Alicuota Provincia de tucuman

¿Qué se resolvió en el fallo?

Sentencia arbitraria. Planteo de inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 8834 de la Provincia de Tucumán

Una empresa demandó la inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 8834 de la Provincia de Tucumán que incrementa la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos (ISIB, en adelante) en función de los ingresos gravados, no gravados y exentos del contribuyente por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la provincia. Sostuvo que el modo de determinar la alícuota del ISIB no respeta el requisito de sustento territorial del tributo y constituye un exceso del Fisco local.

La Corte declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada que había denegado el planteo de la actora.

Para resolver de ese modo consideró que, con posterioridad al dictado de la sentencia que la actora impugnaba con su presentación , la Corte de Tucumán declaró la inconstitucionalidad del art. 1° de la ley local 8834 en las causas “Gasnor S.A.” y “Yuhmak S.A.”

Con ello, sostuvo el Tribunal, se demuestra con claridad que la solución adoptada en la sentencia apelada se sustentaba en afirmaciones meramente dogmáticas que le daban un fundamento solo aparente y que la descalifican como acto jurisdiccional (Fallos: 339:372; 342:1459), resultando descalificable con arreglo a la doctrina de esta Corte sobre arbitrariedad de las sentencias (Fallos: 301:865; 303:160 y sus citas).

Normas que cita

  • Ley 8834 (Tucuman)art. 1
  • Ley 23548art. 9 · Coparticipacion federal
  • Constitución Nacionalart. 122
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Gasnor S.A. c/ Provincia de TucumánCSJ Tucumán · 27/10/2020
  • Yuhmak S.A. c/ Provincia de TucumánCSJ Tucumán · 26/11/2020
  • Helicópteros Marinos S.A. c/ Tierra del FuegoCSJN · 08/06/2010
  • Pan American EnergyCSJN · Fallos 335:996
  • Papel MisioneroCSJN · Fallos 332:1007
  • El Cóndor Empresa de Transportes S.A.CSJN · Fallos 324:4226
  • Argencard S.A.CSJN · Fallos 327:1473
  • SchiffrinCSJN · Fallos 340:257
  • Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A.CSJN · Fallos 342:1903
  • Estrada, EugenioCSJN · Fallos 247:713
  • Fallos 312:1054CSJN
  • Fallos 327:4474CSJN
  • Fallos 342:93CSJN
  • Fallos 313:584CSJN
  • Fallos 313:701CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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