CORDOBA IVAN LEONEL C/ FISCO DE LA PROVINCIA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor reclamó el pago de prestación dineraria por incapacidad física parcial definitiva derivada de accidente de trabajo. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el DNU 669/19 y la prohibición de indexar del art.7 ley 23.928, actualizó la prestación por RIPTE y condenó a la Provincia a pagar $17.432.663.
¿Quién es el actor?
Ivan Leonel Cordoba, agente policial.
¿A quién se demanda?
Provincia de Buenos Aires (empleadora autoasegurada).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de prestación dineraria por incapacidad física parcial, definitiva (accidente de trabajo del 20/03/2016) en los términos de la Ley 24.557 y complementos (art.14.2.a LRT, ley 26.773).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declaró inconstitucional el DNU 669/19 y la prohibición de indexar prevista en el art.7 de la ley 23.928 según ley 25.561; se rechazó la cosa juzgada opuesta por la demandada; se condenó a la Provincia a pagar $17.432.663 (capital actualizado e interés moratorio del 1% anual desde el infortunio hasta el presente) y disponer actualización por RIPTE y mora del 6% anual desde los 60 días de notificada la sentencia; costas a la demandada; regulación de honorarios y peritos. Voto unánime (los Dres. Martiarena, Prado y Gallese; el bloque dispositivo final es el que manda).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Resulta entonces a todas luces '.injusto que el deudor se libere con un pago que represente un valor intrínseco muy inferior al que corresponde al crédito...' (Revista Derecho del Trabajo. Ed. La Ley. Sep 2014. El concepto de 'deuda de valor' y los crédito laborales. Juan J. Formaro), máxime teniendo en cuenta que la propia Ley de Riesgos del Trabajo dispone que las prestaciones dinerarias son créditos alimentarios (art 11.1)."
"En la especie, considero justo y equitativo, actualizar el crédito de autos de su valor histórico de $ 112.587,18 hasta la actualidad conforme a la variación del RIPTE, el cual ya es de uso habitual en el régimen de riesgos del trabajo desde la sanción de la ley 26.773. Tal es el índice que mejor respondería a la directriz de nuestra SCBA en 'Barrios' cuando se refiere a que el juez debe utilizar índices oficiales y establecer con fundamento el método de actualización más idóneo y específico con la plataforma de hecho planteada. ... Ello arroja un índice de actualización de 116,77 y una prestación dineraria a valor actual de $ 15.776.166 incluido el art 3 L 26.773."
"El monto de los intereses desde la fecha del infortunio al presente decisorio ascienden a $ 1.656.497, haciendo un total de capital e intereses de $ 17.432.663."
"Por lo tanto, propongo declarar la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y su inaplicabilidad al caso."
(Señalamiento de voto mayoritario:) "A la misma cuestión, las juezas PRADO y GALLESE adhieren al voto emitido en primer término por compartir sus fundamentos."
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Normas que cita
- Ley 24.557arts. 6, 8, 11, 12, 14 inc. 2 b, 21, 22, 39, 46, 49 · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773art. 3 · Riesgos del trabajo
- Ley 27.348arts. 1, 2, 3 · Riesgos del trabajo
- Ley 14.997 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 11.653 (Provincia De Buenos Aires)art. 48
- Ley 14.399 (Provincia De Buenos Aires)art. 48
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 2, 9, 10, 13, 15, 16, 21, 22, 24, 28, 51, 54
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 24, 57, 59, 89
- Ley 15.394 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 12.207 (Provincia De Buenos Aires)art. 35 inc. e
- Ley 8.455 (Provincia De Buenos Aires)art. 12 inc. a
- Ley 23.928art. 7 · Convertibilidad del austral
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 669/19
- Decreto 472/14
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