MEZA MELANIE ALEJANDRA C/ MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - SERVICIO PENITENCIARIO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La actora reclamó indemnización por accidente de trabajo por lesión en tobillo izquierdo ocurrida el 07/01/2024. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires a pagar $11.417.508 más intereses, rechazando los planteos de inconstitucionalidad.
¿Quién es el actor?
MELANIE ALEJANDRA MEZA, empleada como centinela/oficial del Servicio Penitenciario en la Alcaidía de Lomas de Zamora.
¿A quién se demanda?
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (Estado provincial, autoasegurado).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnizaciones dinerarias por incapacidad derivada de accidente de trabajo ocurrido el 07/01/2024, con afectación en tobillo izquierdo y disminución de la capacidad obrera.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, el Tribunal hizo lugar a la demanda, rechazó los planteos de inconstitucionalidad sobre diversas normas (entre ellas arts. 8 apartado 3, 12, 21, 22, 46, 49 y disposiciones citadas) y condenó al demandado a abonar $11.417.508 dentro de los 10 días, más intereses calculados a la tasa activa del Banco Nación desde la fecha de toma de conocimiento (07/01/2024); además impuso costas a la demandada y reguló honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"II.- HACER lugar a la demanda interpuesta por MELANIE ALEJANDRA MEZA y, en consecuencia, condenar a MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. a abonar al mismo, dentro de los 10 días de notificados y mediante deposito en autos, la suma de PESOS ONCE MILLONES CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS OCHO ($ 11.417.508.- ) en concepto de indemnizaciòn por incapacidad derivada de limitaciones anatomofuncionales a nivel tobillo izquierdo, dolencia que le ocasiona una disminuciòn del 12.32 % de la capacidad obrera, incluìdos los factores de ponderaciòn; producto del accidente en ocasiòn del trabajo que acaeciera el 07.01.2024 (arts. 1, 2, 3, 12, 14 y conc ley 24.557)."
"III- CON MAS INTERESES a la TASA ACTIVA cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina, extraìda de la pàgina del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires (www.consejo.jusbaires.gob.ar), la que se calcularà desde la fecha de la toma de conocimiento ( 07.01.2024) hasta el dìa de la fecha, cuyo importe asciende a la suma de PESOS QUINCE MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE.- ($15.053.569).- y de existir mora en el pago de lo estatuìdo en el presente decisorio serà de aplicaciòn el art. 770 CCC. (arts. 768 inc b CCC, 12.2 y 3 ley 24557 con las modificaciones por el art. 11 de la ley 27348)."
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Se tuvo por acreditado el vínculo laboral, la dinámica del siniestro del 07/01/2024 y la relación causal entre el infortunio y las limitaciones constatadas por pericia médica: "el perito ha constatado una lesión sobre el miembro que resultó afectado ... sin que se haya verificado la existencia de otro agente idóneo..."
Se aplicó la ley 24.557 con las modificaciones de las leyes 26.773 y 27.348 por ser la vigente al momento de la toma de conocimiento; la indemnización se fijó conforme art. 14 inc. 2.a LRT con ajuste del 20% por art. 3 ley 26.773, resultando $11.417.508, y se comparó con el piso RIPTE (Resol. 39/2023).
Se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad sobre múltiples preceptos y se declaró inaplicable para el caso el DNU 669/19 respecto del cálculo indemnizatorio planteando su inconstitucionalidad en los fundamentos.
(La decisión mayoritaria y el dispositivo final fueron los que resolvieron la causa; voto del Dr. Adrian G. Rodríguez con adhesión de la Dra. Larequi; el Dr. Torres adhirió en lo principal pero expresó diferencia menor sobre actualización del IBM.)
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Normas que cita
- Ley 24.557arts. 6.1, 6.3, 8, 12, 14, 21, 22, 46, 49, Disposición Adicional 3ra. · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773arts. 1, 3, 8, 17.6 · Riesgos del trabajo
- Ley 27.348arts. 1, 11, 14 · Riesgos del trabajo
- Decreto 717/96arts. 6, 22
- Decreto 491/97art. 22
- Decreto 659/96
- Decreto 1694/09arts. 1, 3, 4
- Decreto 669/19art. 3
- Ley 24.432Honorarios profesionales
- Ley 23.928art. 7 · Convertibilidad del austral
- Ley 25.561art. 4 · Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Ley 15.057 (Caba)arts. 57, 34, 33, 24
- CCyCNarts. 7, 730, 768, 770 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCCNarts. 375, 279 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Constitución Nacionalarts. 5, 14, 17, 18, 26, 63, 75, 99, 108, 123, 127 · Constitucion nacional
Fallos que cita
- GODON, PABLO DAVID c/ PROVINCIA ART S.A.SCBA
- ESPOSITO, DARDO LUIS c/ PROVINCIA ART S.A.CSJN
- LEDESMA, DIEGO MARCELO c/ ASOCIART ART S.A.CSJN · 12/11/2019
- SEVA, FRANCO GABRIEL c/ ASOCIART ART S.A.CSJN · 05/08/2021
- CACERES, ELISA NICOLASA c/ PROVINCIA ART S.A.SCBA · 29/04/2020
- LATINO, SANDRA MARCELA c/ SANCOR COOP. DE SEGUROS LTDACSJN · 01/07/2019 · Fallos 342:1193
- MUZYCHUK, CLAUDIO RUBEN c/ LA SEGUNDA A.R.T. S.A.SCBA · 14/07/2025
- ZOCAROSCBA · 11/03/2015
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