Ponillaux, Cristian Gustavo contra Ministerio de Seguridad. Accidente de trabajo acción especial.
El actor demandó por reparación especial de infortunio laboral solicitando el pago de indemnización por incapacidad derivada de un accidente ocurrido el 19/4/2017. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el Fisco y confirmó la aplicación de la tasa prevista en el art. 11 de la ley 27.348 para el cálculo de intereses en la sentencia de grado.
¿Quién es el actor?
Cristian Gustavo Ponillaux.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Seguridad / Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de la prestación prevista en el régimen especial de reparación de infortunios laborales por incapacidad laboral (10,8% índice de la total obrera) derivada de accidente ocurrido el 19 de abril de 2017.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el Fisco y confirmó la solución adoptada en grado respecto de la aplicación de la tasa prevista en el art. 11 de la ley 27.348 para el cálculo de intereses. Se imponen las costas al recurrente (art. 289 CPCC).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tribunal de trabajo interviniente hizo lugar a la demanda promovida por Cristian Gustavo Ponillaux contra la Provincia de Buenos Aires, por la que pretendía el cobro de la prestación prevista en el régimen especial de reparación de infortunios laborales por la incapacidad laborativa que resultó acreditada en autos (10,8% del índice de la total obrera), como derivación del accidente que sufrió el día 19 de abril de 2017."
"Por aplicación de las pautas establecidas por el art. 12 de la ley 24.557 (t.o. art. 11, ley 27.348), el órgano de grado calculó el ingreso base mensual del actor conforme el promedio de los doce salarios previos al accidente actualizados con arreglo al índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), arribando así a la suma de $27.550,44. A dicho importe adicionó los intereses según la tasa activa del Banco de la Nación Argentina calculados desde la fecha del evento dañoso (19 de abril de 2017) hasta la del dictado de la sentencia, elevando aquel guarismo hasta $56.231,78."
"El recurso es inadmisible. ... la admisibilidad del remedio procesal deducido sólo puede justificarse en el marco de la excepción que contempla el art. 55 primer párrafo in fine de la ley 11.653. En consecuencia, la función revisora de este Tribunal queda circunscripta a verificar si lo resuelto en autos contradice la doctrina legal... Bajo esa directriz, se observa que las doctrinas que se denuncian violadas no resultan idóneas para fundar el recurso ya que han sido elaboradas sobre la base de presupuestos fácticos y jurídicos disímiles de los que aquí concurren."
"Por todo lo expuesto, corresponde rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído; con costas (art. 289, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
La sentencia lleva la votación de los cuatro jueces (Kogan; de Lázzari; Torres; Pettigiani) y el acuerdo del Tribunal resolvió por unanimidad el rechazo del recurso. No se registra disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.