Gariniani, Christian Enrique c/Fundación Daniel F. Gómez y otros s/Despido
El actor demandó por despido y reclamó indemnizaciones y solidaridad por transferencia del establecimiento y existencia de grupo económico. La Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad presentado por el trabajador, confirmando la valoración de hecho del tribunal de grado sobre ausencia de vínculo laboral y de transferencia total a favor de C.E.M.I.C., y calificó como inadmisible la innovación planteada en casación.
¿Quién es el actor?
Christian Enrique Oscar Gariniani, trabajador con antigüedad desde 25-IX-1995 (registrado 1-IV-1997).
¿A quién se demanda?
Tecnologías de Avanzada S.A.; Tecdea S.A.; Institutos Médicos S.A. (I.M.S.A.); Fundación Dr. Daniel F. Gómez; y C.E.M.I.C.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnizaciones por despido sin causa (antigüedad, preaviso, integración del mes de despido y S.A.C. sobre ellos, ley 25.323 arts.1 y 2, vacaciones, proporcionales, ticket canasta, certificado de trabajo y aportes art.80 LCT), y extensión de responsabilidad solidaria al adquirente C.E.M.I.C. por transferencia de establecimiento o por conformación de grupo económico.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley; confirmado que el juez de grado hizo lugar parcialmente a la demanda y rechazó la acción contra C.E.M.I.C. por falta de legitimación pasiva y por no haberse probado transferencia de la unidad negocial que justificara solidaridad. Se imponen costas (art. 289 C.P.C.C.).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios vinculados con el rechazo de la acción promovida contra el 'Centro de Educación Médica e Investigaciones Clínicas Norberto Quirno (C.E.M.I.C)' no son de recibo."
"Planteo que luce claramente inatendible puesto que, como es sabido, deviene ineficaz para habilitar la instancia extraordinaria la pretensión de innovar la posición inicial contenida en la demanda, trocando sustancialmente el enfoque fáctico-jurídico plasmado en ésta (conf. causas L. 107.318, 'Espíndola', sent. del 13-VI-2012; L. 100.239, 'García', sent. del 18-VIII-2010)."
"Al analizar este tópico, con sostén en las declaraciones testimoniales recibidas en la audiencia oral y en la experticia contable, el a quo juzgó que el 'C.E.M.I.C.', como empresa independiente del grupo de empresas conformado por 'Tecnologías de Avanzada S.A.', 'Tecdea S.A.', 'Institutos Médicos S.A. (I.M.S.A.)' y la 'Fundación Dr. Daniel F. Gómez', se había limitado a comprar la cartera de afiliados de 'Tecdea S.A.' -o mejor dicho del grupo Kos- y a tomar parte del personal para que cumplieran las mismas actividades que ya venían desempeñando."
"El cuestionamiento vinculado a la omisión de tratamiento de la pretensión concerniente al carácter remuneratorio de los vales alimentarios y de los 'conceptos no remunerativos' percibidos normal y habitualmente por el actor constituye una materia ajena al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y propia del de nulidad -art. 296 Código Procesal Civil y Comercial- ..., razón por la que no corresponde su consideración."
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Normas que cita
- Ley 25.323arts. 1, 2 · Contrato de trabajo
- Ley 11.653 (Provincia De Buenos Aires)art. 44 incs. c y d
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 34 inc.4., 163 incs.5. y 6.
- Ley (LCT) 20.744arts. 14, 29, 30, 31, 225, 226, 227, 228, 247, 80
- Ley 24.013art. 98 · Ley de empleo
- (CC) 1869/ etc.arts. 499, 1071, 1198
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Constitución (Provincia De Buenos Aires)art. 171
- Constitución Nacionalarts. 14 bis, 16, 17, 18 · Constitucion nacional
- Ley 20.744
Fallos que cita
- Benedetti (L. 90.470)SCBA · 03/09/2008
- Rolando (L. 98.696)SCBA · 04/05/2011
- Orellana (L. 93.901)SCBA · 29/06/2011
- Espíndola (L. 107.318)SCBA · 13/06/2012
- García (L. 100.239)SCBA · 18/08/2010
- Pellejero (L. 106.055)SCBA · 14/12/2011
- Barrera (L. 108.694)SCBA · 26/09/2012
- Fabi (L. 99.440)SCBA · 07/06/2010
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