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Tribunal Superior

Argüello, Alejandro C. c/Gases Lucarelli S.R.L. s/Accidente de trabajo

El actor reclamó indemnización por daños y perjuicios por accidente de trabajo contra Gases Lucarelli S.R.L. y otros. La Suprema Corte rechazó los recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad; confirmó la indemnización civil de $501.708,07 y declaró inconstitucional el alcance del art. 39.1 de la ley 24.557 en cuanto eximía de responsabilidad civil.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-116909
Recurso extraordinario Indemnizacion Accidente de trabajo Responsabilidad civil del empleador Interes actual Empleador multiple Ley 24.557 07 Inconstitucionalidad art. 39.1 lrt Omision art. 275 lct Indemnizacion $501.708

¿Quién es el actor?

C. A. A., trabajador que sufrió accidente laboral el 14-III-2005.

¿A quién se demanda?

Gases Lucarelli S.R.L. y, subsidiariamente, las personas físicas Armando Lucarelli; Marcelo Lucarelli; Jorge Laiton; Alberto Lucarelli.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización integral por daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó en lo sustancial la sentencia de grado que hizo lugar parcialmente a la demanda contra Gases Lucarelli S.R.L., cuantificando la indemnización en $501.708,07 y declarando la inconstitucionalidad del art. 39.1 de la ley 24.557 en cuanto eximía de responsabilidad civil al empleador; se rechazaron las pretensiones contra los demás codemandados. La Suprema Corte rechazó los recursos extraordinarios deducidos y condenó en costas a la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Tras considerar acreditados tanto la incapacidad que el siniestro le provocó al actor (60% de la t.o.; vered., fs. 287 vta.) como la configuración de los presupuestos de la responsabilidad civil del empleador (vered., fs. 287 vta.; sent., fs. 290), cuantificó la indemnización de daños y perjuicios, con arreglo a los parámetros que indicó, en la suma de $ 501.708,07, comprensiva de los daños materiales, morales y estéticos, así como de los gastos de asistencia médico-farmacéutica y tratamiento psicoterapéutico futuro (sent., fs. 290 y vta.)."

"En consecuencia, luego de realizar el cotejo entre ambos guarismos que exige la doctrina mencionada, arribó a la conclusión de que la reparación prevista en el sistema especial resultaba sensiblemente menguada e insuficiente en comparación con el resarcimiento integral, razón por la cual declaró la inconstitucionalidad de la norma indicada -en cuanto eximía de responsabilidad civil al empleador- y condenó a 'Gases Lucarelli S.R.L.' a pagarle al actor la indemnización de daños y perjuicios de $ 501.708,07 (sent., fs. 290 vta./291 y 293)."

"A contrario de lo que plantea la recurrente, esta Corte ha declarado que no constituyen cuestiones esenciales, en los términos del actual art. 168 de la Constitución local, aquellas vinculadas con la aplicación del art. 275 de la Ley de Contrato de Trabajo ... En consecuencia, la omisión de resolver el pedido de que se declare temeraria o maliciosa la conducta de la contraparte no justifica la nulidad del pronunciamiento ..."

"Como es sabido, en materia de casación, lo que legitima el recurso es el interés de quien lo interpone, o sea, el perjuicio sufrido como consecuencia de una decisión que, al eludir la concreta voluntad de la ley, ha desconocido un interés actual tutelado por aquella voluntad ... En el caso, el tribunal condenó al empleador a abonarle al actor una reparación integral de daños y perjuicios, con fundamento en los arts. 1109 y 1113 del Código Civil ... En tal contexto, analizando los argumentos vertidos en el recurso, no advierto demostrado un interés actual del actor que lo legitime para pretender la revisión de dicho aspecto del decisorio."

¿Cómo votaron los jueces?

el fallo fue por mayoría; los votos de Soria, Pettigiani y Kogan adhieren a los fundamentos del Dr. Hitters. No se registran votos en disidencia que modifiquen el resultado mayoritario.

Normas que cita

  • Constitución (Provincia De Buenos Aires)art. 168
  • Ley 24.557art. 39.1; art. 14 ap. 2; art. 11 ap.4; art. 14 ap.2 "b"; art. 29 · Ley de riesgos del trabajo
  • Decreto 1694/2009
  • DNU 1278/2000
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 279, 289, 298
  • Ley 340
  • Ley 20.744

Fallos que cita

  • L. 81.826, "Yaman"SCBA
  • L. 87.394, "V. d C., M. C."SCBA · 11/05/2005
  • L. 80.735, "Abaca"SCBA · 07/03/2005
  • "Milone"CSJN · 26/10/2004
  • L. 103.073, "Carossella"SCBA · 21/12/2011
  • L. 76.470, "Sucatti"SCBA · 18/06/2003
  • L. 66.752, "Carballo Rodríguez"SCBA · 08/06/1999
  • L. 61.073, "Lasarte"SCBA · 04/03/1997
  • L. 55.665, "Valle"SCBA · 12/03/1996
  • Ac. 103.841SCBA · 13/08/2008
  • RI. 112.168SCBA · 09/12/2010
  • L. 103.073SCBA · 21/12/2011
  • L. 111.998, "Vázquez Flores"SCBA · 17/04/2013

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