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Primera Instancia

SALAZAR HERNAN MARCELO Y OTRO c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Reclamo de jubilados contra el Estado por aumentos en aportes previsionales del Decreto 679/97. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el decreto por elevar el aporte del 8% al 11% y ordenó el cese inmediato, la liquidación retroactiva en 90 días y pago de intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 027117/2026
Intereses Costas Honorarios Prescripcion Inconstitucionalidad Gendarmeria Aportes previsionales Decreto 679/97 Decreto 760/2018 Devolucion retroactiva

¿Quién es el actor?

Marcos Antonio GUTIERREZ y Hernán Marcelo SALAZAR.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio de Seguridad y la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna el Decreto 679/97 por haber elevado el aporte previsional del 8% al 11% y se reclama la cesación del descuento y la devolución de las sumas indebidamente retenidas con más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 en cuanto elevó el aporte previsional del 8% al 11%, ordenándose su cese inmediato; se ordenó la liquidación de las sumas retroactivas en el término de noventa días con la adición de intereses y la activación de mecanismos de cobro, con costas a la vencida y regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La ley 22.788 fijó un descuento del 8% mensual en concepto de aporte sobre el haber del personal retirado y pensionado de Gendarmería Nacional... Por su parte, a posteriori, el decreto 679/97 modificó el régimen legal de aportes del personal de Gendarmería Nacional y elevó el descuento previsional a un 11% sobre el haber de retiro o pensión (art. 2°), por considerar que se verificaban las circunstancias excepcionales del art. 99, inc. 3 de la Constitución Nacional para el dictado de decretos de necesidad y urgencia."

"En este sentido, la nota de elevación del proyecto de la ley 22.788 al Poder Ejecutivo Nacional da cuenta de que la extensión del régimen de aportes... tuvo por finalidad preservar la estabilidad económica y financiera del sistema previsional...".

"…los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia... En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97".

Además, sobre intereses: "En lo concerniente a los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina, me remito al precedente de la Excma. CSJN en autos 'Spitale, Josefa Elida c/Anses s/impugnación de resolución' del 14/09/04 y 'Cahais, Ruben Osvaldo c/Anses s/reajustes varios' del 18/04/2017."

¿Cómo votaron los jueces?

No aparecen votos en disidencia; la resolución es del Juez Federal Subrogante en primera instancia.

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