Galindo de Spota, Norma Carmen c/ EN M° de Economía y otro s/ proceso de conocimiento - ley 25.561
El Estado recurrió la sentencia que exceptuaba del diferimiento del pago de deuda pública al reclamo de la actora. La Cámara revocó la sentencia previa por considerar que el precedente Tapella no resultaba aplicable al caso, ya que la actora no había alcanzado aún la edad requerida de 75 años o más al momento de la normativa vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Excepciones al diferimiento del pago de los servicios de la deuda pública.
Sentencia de cámara que incluye el reclamo entre las excepciones por razones de edad aplicando "Tapella" (27/9/2011)
- Precedente no aplicable al caso ya que mientras estuvo vigente la norma de excepción invocada en la demanda como fundamento de la pretensión la actora no alcanzaba todavía la edad contemplada (75 años o más)
- Se revoca la sentencia
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