ANRRIQUE MARCELA SOLEDAD C/ SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD RPOFESIONAL.
La actora promovió demanda contra Swiss Medical ART por enfermedad profesional. La Suprema Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y declaró inconstitucional, en el caso, la aplicación del DNU 669/2019, revocando la sentencia impugnada y devolviendo los autos al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Anrrique Marcela Soledad.
¿A quién se demanda?
Swiss Medical Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
pretensión vinculada con enfermedad profesional (causa laboral contra ART); la cuestión analizada en la instancia superior fue la aplicabilidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 669/2019.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y, en lo pertinente, se declaró inconstitucional la aplicación del DNU 669/2019 en el caso. Se revoca la sentencia impugnada en cuanto aplicó ese DNU y se remiten los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y respetando la prohibición de la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento. Se imponen las costas de esta instancia por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
I. "Inicialmente, corresponde aclarar que la denuncia fundada en la supuesta violación de los arts. 168 y 171 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires (v. rec., págs. 7/8) no luce atendible, en tanto es ajena al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y propia del ámbito del recurso extraordinario de nulidad (conf. art. 296 del CPCC; causas L 94470, 'Ayí', sent. de 11-V-2011; L 102.869, 'Rzechula', sent. de 05-IX-2012 y L. 122.032, 'Ferreyra', sent. de 4-VIII-2020; e. o.)."
II. "Luego, es dable señalar que los agravios planteados por la recurrente hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en la causa L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025) y su progenie (L. 128.977, 'Chocobar', sent. de 13-III-2026; L. 127.690, 'Ovejero', sent. de 26-V-2026 y L. 130.546, 'Paszkiewich', sent. de 23-VI-2026'; entre muchos otros), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."
Dispositivo final (texto transcripto): "Hacer lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento.
Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la naturaleza de la cuestión debatida y al modo en que se resuelve (arts. 68 segundo párrafo y 289, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
el Dr. Soria acompaña lo resuelto por sus colegas, dejando constancia de su opinión en la causa L. 127.690, "Ovejero".
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Normas que cita
- Decreto 669/2019
- Constitución (Provincia De Buenos Aires)arts. 168, 171
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 296, 68, 289
- Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
Fallos que cita
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