Ferreyra, Ramón Salvador contra La Segunda ART S.A. Enfermedad accidente.
El actor reclamó el pago de una prestación dineraria por accidente de trabajo. La Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad deducido por La Segunda ART S.A., sosteniendo que la impugnación no cumple los presupuestos de procedencia excepcionales y que la aplicación de la tasa y la capitalización de intereses se ajusta a la doctrina legal de la Corte.
¿Quién es el actor?
Ramón Salvador Ferreyra.
¿A quién se demanda?
La Segunda ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestación dineraria derivada de enfermedad/accidente de trabajo (condena por prestación dineraria de pago único por $96.750 y accesorios).
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por La Segunda ART S.A. y confirmó, en cuanto a esta revisión extraordinaria, la decisión de la instancia de grado respecto de la condena y la modalidad de intereses aplicada; con costas (art. 289, CPCC).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"III. El recurso no prospera.
III.1. En primer lugar, debe señalarse que -como implícitamente lo admite la impugnante- el valor de lo cuestionado ante esta instancia extraordinaria no supera el monto mínimo para recurrir fijado por el art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial (conf. art. 1, ley 14.141; B.O., 15-VII-2010), por lo cual la admisibilidad del medio de impugnación deducido, en principio, sólo podrá justificarse en el marco de la excepción contemplada en el art. 55 primer párrafo in fine de la ley 11.653.
Siendo ello así, la función revisora de la Suprema Corte queda entonces circunscripta a verificar si lo resuelto en autos contradice la doctrina legal, hipótesis que se configura cuando este Tribunal ha fijado la interpretación de las normas que rigen la relación sustancial debatida en una determinada controversia y el fallo apelado la transgrede en un caso similar (causas L. 113.584, "Rodríguez", sent. de 18-IX-2013; L. 117.526, "Rivarola", sent. de 1-VII-2015; L. 119.642, "Short", sent. de 21-IX-2016; L. 119.106, "Romero", sent. de 17-V-2017; e.o.)."
"III.3. Tampoco prospera la objeción planteada en torno a la tasa de interés que hubo de aplicar el tribunal de grado al capital de condena.
Para así decidir, y en tanto ello resulta suficiente para dar respuesta al sub lite, me remito -en honor a la brevedad- a la parte pertinente del voto que emitiera la doctora Kogan en la causa L. 118.858, "Pincini" (sent. de 26-X-2016), al que presté mi adhesión, por resultar sus consideraciones concordantes con las que expuse al sufragar en primer término en el precedente L. 118.587, "Trofe" (sent. de 15-VI-2016).
La decisión adoptada en el presente caso por el órgano de grado encuentra respaldo en la doctrina legal de este Tribunal, por lo que corresponde desestimar la réplica en este tramo (art. 31 bis, ley 5.827 y modif.)."
"En virtud de lo expuesto, corresponde rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido. Con costas (art. 289, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
Los cuatro integrantes del acuerdo (Soria, Kogan, Pettigiani y Genoud) votaron en el mismo sentido; la decisión del Tribunal se expresa en el bloque dispositivo final que rechaza el recurso.
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Leyes que cita
- Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires
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