Trabucco, Laura contra Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Accidente in itinere
La actora demandó por prestaciones dinerarias derivadas de un accidente in itinere ocurrido el 2-III-2017. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la condena a la Provincia y confirmó la aplicación de intereses a tasa pura del 6% anual, con costas.
¿Quién es el actor?
Laura Trabucco.
¿A quién se demanda?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestación dineraria prevista en el art. 14 inc. 2 apartado "a" de la ley 24.557 por secuelas incapacitantes derivadas de un accidente de trabajo in itinere del 2 de marzo de 2017.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por la Provincia; se confirmó la procedencia de la condena por la Sala de Trabajo (que había hecho lugar a la acción) y la aplicación de intereses moratorios a la tasa pura del 6% anual desde la fecha del infortunio hasta la sentencia; costas a la vencida (art. 289, CPCC).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"III. El recurso no prospera."
"III.2.a. Como fuera anticipado, en el caso, el órgano de origen resolvió que a la prestación dineraria determinada en el marco de la ley 24.557 (conf. dec. 669/19), correspondía adicionarle intereses desde la fecha del infortunio hasta la sentencia a una tasa pura del 6% anual."
"III.2.b. Sentado lo expuesto, la exclusión de la hipótesis de excepción contenida en la norma del régimen procesal laboral se impone nítida, toda vez que el interesado limita su embate a señalar que la decisión de aplicar intereses al importe de una deuda ya actualizada en el marco de la ley 24.557 contradice lo resuelto por este Tribunal en los precedentes C. 120.536, 'Vera' (sent. de 18-IV-2018) y C. 121.134, 'Nidera' (sent. de 3-V-2018), sin explicar cómo o en qué forma resultarían transgredidos."
"IV. Por lo expuesto, corresponde rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido; con costas (art. 289, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
Los jueces Torres, Soria, Kogan y Budiño votaron en igual sentido; el acuerdo es unánime.
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Normas que cita
- Ley 24.557arts. 14, 12 · Ley de riesgos del trabajo
- Decreto 669/19
- Ley 27.348art. 12 · Riesgos del trabajo
- Ley 11.653 (Provincia De Buenos Aires)arts. 44 inc. d, 55
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 34 inc. 4, 163 incs. 4, 5 y 6, 278, 289
- CCyCNart. 768 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Constitución Nacionalarts. 16, 17, 18, 19, 28, 33 · Constitucion nacional
- Acordada 3971 (Scba)art. 4
- Acordada 2078 (Scba)
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