V. M. A. contra Asociart S.A. A.R.T. y Otro. Daños y Perjuicios Del./Cuas. (Excl. Uso Aut. y Estado)
El actor demandó a su empleadora y a la A.R.T. por indemnización integral por lesiones sufridas en un accidente in itinere y por presunta deficiente atención médica. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario por manifiesta insuficiencia del agravio y por no rebatir los fundamentos de la sentencia de alzada que señaló ausencia de acreditación de la incapacidad y falta de responsabilidad civil de las demandadas.
¿Quién es el actor?
V. M. A.
¿A quién se demanda?
Asociart S.A. A.R.T. y Seguridad Grupo Maipú S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización integral por daños derivados de un accidente in itinere (disparo que derivó en amputaciones) y por deficiente atención médica; impugnación de la inaplicabilidad del art. 3 de la ley 26.773 (20% adicional).
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el actor, con costas a su cargo, confirmando la decisión de la instancia anterior en cuanto rechazó la demanda por carecerse de los presupuestos para imponer responsabilidad civil a la empleadora y a la A.R.T.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De la lectura del escrito recursivo apenas puede extraerse el cuestionamiento a la desestimación del planteo de inconstitucionalidad, porque su reclamo no se juzgó a la luz de las normas protectorias del consumidor ni se aplicó el art. 6 de la ley 24.447, haciendo hincapié en que demandó una indemnización integral por un accidente in itinere respecto del cual se le prestó una atención médica que estima deficiente, lo cual surgiría de la prueba pericial médica."
"En efecto, el órgano judicial de la instancia anterior rechazó íntegramente el reclamo, expresando esencialmente que no estaba determinada la incapacidad y que, si bien la ley laboral -art. 6 de la ley 24.557- contemplaba el accidente in itinere como una contingencia cubierta, no correspondía una indemnización desde el punto de vista del derecho civil porque ninguna responsabilidad había en la empleadora ni en la A.R.T. ni por culpa ni por cosas riesgosas de su titularidad o bajo su guarda."
"Ninguno de los fundamentos dados por la Cámara es hábilmente atacado por el impugnante, quien solo expone su propio razonamiento reiterando e insistiendo dogmáticamente en que son responsables tanto la empleadora como la A.R.T. por aplicación del sistema de protección de los consumidores y usuarios porque, según su criterio, surgiría de la prueba pericial una atención médica deficitaria."
"El recurso extraordinario en tratamiento no logra rebatir este aspecto central del pronunciamiento impugnado, presupuesto indispensable para construir la responsabilidad que el recurrente juzga erróneamente ponderada a la luz del plexo normativo que invoca (ley 24.240); tampoco acierta en demostrar de qué manera la aplicación de esa normativa habría de conducir a un resultado diferente, ausentes los presupuestos del deber de responder conforme las conclusiones que no logran ser rebatidas en esta instancia extraordinaria."
"Por lo expuesto, no habiéndose verificado las infracciones denunciadas, si mi opinión resulta compartida corresponde rechazar el presente remedio extraordinario, con costas al recurrente que resulta vencido (arts. 68 y 289, CPCC)."
Bloque dispositivo final:
"se rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto, con costas al recurrente que resulta vencido (arts. 68 y 289, CPCC)."
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Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
- Ley 24.447Presupuesto
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