CARRIL, HUGO CARLO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-SPF s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Reclamo de ex integrantes del SPF por incorporación de suplementos Racionamiento y Casa Habitación. La Cámara Federal de Bahía Blanca declaró la nulidad del decisorio en cuanto incorporó la compensación del art. 6 del Dec. 243/15, rechazó la apelación de la actora y, haciendo lugar al agravío de la demandada, rechazó la demanda en cuanto peticiona la incorporación de los suplementos por Racionamiento (Dec. 379/89) y Casa Habitación (Dec. 1058/89).
¿Quién es el actor?
Hugo Carlo Carril y otros (coactores), ex personal del Servicio Penitenciario Federal.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Servicio Penitenciario Federal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
incorporación al haber de retiro de los suplementos "Racionamiento" (cód. 010) y "Casa Habitación" (cód. 011) en los términos de los Decretos 379/89 y 1058/89; además se discute la correspondencia con las compensaciones previstas en el Decreto 243/15 (arts. 5 y 6).
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró la nulidad del decisorio apelado en cuanto incorporó al haber de retiro la compensación prevista en el art. 6 del Dec. 243/15 y rechazó la relativa al art. 5; rechazó la apelación de la actora y, haciendo lugar a la deducida por la demandada, rechazó la demanda en cuanto peticiona la incorporación de los suplementos por Racionamiento (Dec. 379/89) y Casa Habitación (Dec. 1058/89). Imponiéronse las costas por su orden en ambas instancias y se diferió la regulación de honorarios (arts. 34 inc. 4º y 253 CPCCN; arts. 68 y 279 CPCCN; art. 30 ley 27.423).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Tales elementos probatorios anejados a la presente resultan insuficientes a efectos de que se constate el perjuicio económico que la supresión del suplemento Racionamiento y Casa Habitación le hubiere ocasionado en sus haberes de retiro."
"En suma, con la información suministrada por la parte actora no se puede determinar que la eliminación de los suplementos, primigeniamente previstos por los derogados decretos 379/89 y 1058/89, haya comportado una 'alteración irrazonable' de la composición del haber de retiro de dicha parte."
"La parte accionante no ha logrado demostrar, en modo alguno, que el monto de sus haberes de retiro no guarde dicha proporcionalidad o que se configure una notable e injusta diferencia con el haber de actividad, alterando de esta manera, el sentido sustitutivo del beneficio previsional; por lo que tampoco se encuentra acreditado en autos el perjuicio que les ocasiona el accionar del Estado Nacional a la luz de dicho principio."
¿Cómo votaron los jueces?
no consta voto en disidencia suscripto; el Sr. Juez de Cámara Pablo A. Candisano Mera no suscribió el acuerdo (art. 3°, ley 23.482).
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Normas que cita
- Decreto 243/15art. 5; art. 6; art.11
- Decreto 379/89
- Decreto 1058/89
- Ley 20.416art. 37 inc. f) · Servicio penitenciario federal
- Ley 27.423art. 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 13.018art. 9 · Regimen jubilatorio
- Decreto-ley 23896/56
- Decreto 605/2019
- CPCCNarts. 34 inc.4; 253; 68; 279; 163 incs. 3, 4, 6 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 23.482
Fallos que cita
- Jorge 4.ndre~ Neville c/ Banco Popular Argentino S.a.CSJN · Fallos 308:1361
- San Jose A.f.j.p. S.a. C/ A.f.i.p. - Ley 25085 - Dto 863/98 s/proceso de ConocimientoCSJN · Fallos 327:2293
- Fallos 312:1054CSJN
- Fallos 291:596CSJN
- Osmar Tomas Grassi c/ Instituto de Ayuda Financiera Para El Pago de Retiros y Pensiones MilitaresCSJN · Fallos 315:665
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