LAZCOZ MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajuste de haber previsional por movilidad y cuestionamiento de leyes y decretos. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y ordenó a ANSeS reajustar el haber a enero de 2021 por la diferencia entre lo percibido según decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y la movilidad que correspondía aplicar (aplicando desde febrero la pauta de la ley 27.609), y diferir el tratamiento de la ley 27.609 para ejecución.
¿Quién es el actor?
LAZCOZ MIGUEL ANGEL (parte actora).
¿A quién se demanda?
ANSeS (organismo demandado).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios; petición de reconocimiento de movilidad sobre renta vitalicia previsional y cuestionamientos de inconstitucionalidad respecto de leyes y decretos (art. 2 Ley 27.426, Ley 27.541, decretos que fijaron movilidad durante suspensión, y Ley 27.609).
¿Qué se resolvió?
Se revocó parcialmente la sentencia apelada y, en esa parte, se ordenó a ANSeS que reajuste el haber previsional del actor a enero de 2021 con la diferencia entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 (que fijaron la movilidad durante el período suspendido) y la movilidad que le hubiese correspondido de haberse aplicado la ley 27.426 suspendida; se dispone que desde febrero y en adelante rija la movilidad contemplada en la ley 27.609; se difiere el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; se confirmaron los demás pronunciamientos; costas de ambas instancias a la demandada; regulación de honorarios conforme art. 30 Ley 27.423 y devolución de actuaciones al juzgado de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 14 bis de la Constitución Nacional pone en cabeza del Estado, el deber de otorgar los beneficios de la seguridad social, que tendrán carácter integral e irrenunciable, “en especial, establecerá jubilaciones y pensiones móviles”. En consecuencia, la exclusión del titular de la garantía de movilidad de su prestación, no se condice con las directrices que marcan la Constitución Nacional y art. 2.1 del Pacto internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, entre otros y en igual sentido fallo CSJN “Arcuri Rojas, Elsa c/A.N.Se.S.” del 3-11-2009)."
"En consecuencia, se confirma la aplicación de la movllidad conforme el precedente de la Excma. C.S.J.N., in re: “Deprati, Adrián Francisco c/A.N.Se.S. s/Amparos y Sumarísimos” del 04/02/16). Sentado lo anterior va de suyo, que debera aplicarse la misma pauta de movilidad que fuera otorgada al regimen privado, para aquella porción del haber que haya aportado quien acciona al regímen de reparto."
"En lo que respecta al planteo de inconstitucionalidad referido a la ley 27.609, este Tribunal se pronunció en los autos: : “WALD ALICIA GRACIELA c/ANSeS s/REAJUSTES VARIOS” Expte. Nº 26695/2024, sent. Fecha 19/08/2025, a cuyos fundamentos corresponde hacerlos extensivos a las presentes, por ende, corresponde revocar lo dispuesto en la instancia de grado y diferir su tratamiento para la etapa de ejecución."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos en disidencia relevante; la resolución surge del acuerdo de la mayoría (votos de Fantini, Dorado y Carnota).
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Normas que cita
Fallos que cita
- Deprati, Adrián Francisco c/A.N.Se.S s/Amparos y SumarísimosCSJN · 04/02/2016
- Arcuri Rojas, Elsa c/A.N.Se.S.CSJN · 03/11/2009
- Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimosCSJN · 04/12/2025
- COLMAN TORALESCSJN · 11/12/2025
- Gentile Fioravanti Pedro c/ANSeS s/Reajustes VariosCSJN · 08/10/2024
- WALD Alicia Graciela c/ANSeS s/REAJUSTES VARIOSCámara Fed. Seguridad Social (Sala 2) · 19/08/2025
- Torelli Ana María C/ ANSeS S/ Reajustes VariosCámara Fed. Seguridad Social (Sala 2) · 18/09/2023
- Rojas Roberto Oscar C/ ANSeS S/ Reajustes VariosCámara Fed. Seguridad Social (Sala 2) · 18/09/2023
- Carabajal Nélida Ester C/ ANSeS S/ reajustes variosCámara Fed. Seguridad Social (Sala 2) · 18/09/2023
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