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Tribunal Superior

ADMINISTRACION TRIBUTARIA MENDOZA EN J° 13-07349331-9 (020301-32193) ADMINISTRACION TRIBUTARIA MENDOZA C/NEDIC EMILIO P/ APREMIO P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL (LEY 9423)

La Administración Tributaria Mendoza apeló la declaración de prescripción de multas por omisión en el pago del impuesto sobre los ingresos brutos correspondientes a los períodos 2017-2019. La Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó la sentencia de Cámara que declaró prescriptas esas multas al aplicarse, por mayoría, el plazo bienal del Código Penal por entenderse que las multas revisten naturaleza penal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07349331-9/1
Costas Prescripcion Ingresos brutos Multas fiscales Ejecucion monitoria Recurso extraordinario provincial Naturaleza penal de la sancion Codigo penal (art. 65) Codigo fiscal provincia de mendoza (art. 53) Codigo civil y comercial (art. 2532) (se consignan solo las normas y fallos efectivamente citados en la sentencia Los campos que no aparecen explicitos en el texto original se dejaron en - conforme a las instrucciones.)

¿Quién es el actor?

Administración Tributaria Mendoza (recurrente en el recurso extraordinario).

¿A quién se demanda?

Nedic Emilio (parte ejecutada en el proceso de apremio).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la declaración de prescripción de multas fiscales aplicadas por incumplimiento del impuesto sobre los ingresos brutos (periodos 2017, 2018, 2019 y 2020); ejecución monitoria por $6.648.664,62 y oposición del demandado invocando prescripción e inconstitucionalidad de normas del Código Fiscal provincial que fijan plazo quinquenal para las multas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso extraordinario de la Administración Tributaria; se confirmó la sentencia de la Primera Cámara que había declarado prescritas las multas correspondientes a los ejercicios 2017, 2018 y 2019 por aplicación del plazo de prescripción de dos años del art. 65 inc. 4 del Código Penal. Se impusieron costas a la parte recurrente y se regularon honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripciones (2-3 párrafos más relevantes, con lenguaje del tribunal):

"En el caso, la sentencia de alzada considera que es clara la doctrina de la Corte Suprema de la Nación respecto a que las multas o sanciones, aunque estén previstas en los Códigos Fiscales, no son tributos, sino que poseen naturaleza penal y que la facultad provincial de regular la prescripción de los tributos, no se extiende a aquellas. Declaró inconstitucional la norma contenida en el Código Fiscal de la Provincia de Mendoza que prevé un plazo de prescripción de cinco años para aplicar sanciones y para accionar para el cobro de multas, debiendo el presente caso regirse por lo dispuesto en el art. 65 inc. 4° del Código Penal que establece un plazo de prescripción de dos años."

"Conforme a la jurisprudencia y pautas expuestas y a la consecuente naturaleza jurídica de la multa, no puedo sino coincidir con la sentencia de alzada respecto a la declaración de prescripción de la acción cuyo objeto es el cobro de la multa impuesta al contribuyente por la no presentación de ingresos brutos anuales. Determinada la naturaleza penal corresponde la aplicación de la normativa específica, no resultando arbitraria la sentencia de Cámara que considera inconstitucional lo normado por el art. 53 del Código Fiscal respecto de plazo de 5 años de prescripción y considera aplicable el plazo de dos años del Código Penal."

¿Cómo votaron los jueces?

"Dicho razonamiento no constituye un tratamiento adecuado y suficiente de los planteos de la hoy recurrente desplegados en la citada línea, la cual, devenía en conducente y relevante en la decisión del caso... Postulo hacer lugar al recurso interpuesto y revocar la sentencia impugnada, en virtud de que a partir de reivindicar la aplicación de la normativa fiscal provincial, cuya constitucionalidad aquí reafirmo, concluyo que la prescripción opuesta debe ser desestimada."

Normas que cita

  • 26.994arts. 2532, 2560, 2537
  • Ley 11.683art. 56 · Procedimiento fiscal
  • Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.799arts. 2532 (sustituido), 2560 (sustituido) · Regimen penal tributario

Fallos que cita

  • "Alpha Shipping"CSJN · 07/03/2023 · Fallos 346:103
  • "First Data"CSJN · Fallos 346:217
  • "Filcrosa"CSJN · Fallos 326:3899
  • "Lázaro Rabinovich"CSJN · Fallos 198:139
  • "Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A."CSJN · Fallos 342:1903
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