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Primera Instancia

GOMEZ MIRTA MABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a la ANSES solicitando reajuste por movilidad, pago de diferencias retroactivas y declaración de inconstitucionalidad de normas y decretos relativos a la movilidad previsional. El Juzgado Federal de la Seguridad Social rechazó la demanda por inexistencia de agravio constitucional y por ajustarse la actuación legislativa y de emergencia a parámetros de razonabilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 3 - SECRETARIA Nº 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 039688/2025
Movilidad jubilatoria Inconstitucionalidad Ley 27.426 Ley 27.541 Bonos previsionales Emergencia economica Cosa juzgada Costas Honorarios umas Anses

¿Quién es el actor?

GOMEZ MIRTA MABEL.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de recálculo del haber jubilatorio obtenido bajo la Ley 24.241, pago de diferencias retroactivas y actualización, declaración de inconstitucionalidad de normas (entre ellas Ley 27.426, Ley 27.541, Decretos 163/2020, 495/2020, 542/2020, 692/2020, 899/2020, Ley 27.609 y Decreto 274/2024), pedido de bonos previsionales y que no se le descuenten sumas por impuesto a las ganancias (art. 23 inc. c; 79 inc. c; 81 y 90 de la Ley 20.628, según la actora).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda interpuesta contra ANSES; se impusieron las costas por su orden; se regularon honorarios de la dirección letrada de la parte actora en 5 UMAS ($540.025,00) y no se estimaron honorarios de la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "Los jueces no están obligados a ponderar una por una y exhaustivamente todas las constancias de la causa, sino sólo aquellas que estimen conducentes para fundar sus conclusiones (Fallos, 311:571) ...".

2) "La prohibición que contiene la disposición legal [art. 7º, CCCN] se encuentra condicionada a la existencia de una lesión concreta a los derechos constitucionales en juego en cada caso concreto."

3) "La ley 27.426 ... no se observa que tal circunstancia genere al beneficiario una lesión en su derecho de propiedad. En efecto, su derecho al reajuste del haber, hubiese quedado recién incorporado a su patrimonio en el mes de marzo de 2018, momento en que la nueva ley ya se encontraba vigente."

4) Doctrina de Corte sobre leyes de emergencia: "cuando una situación de crisis o de necesidad pública exige la adopción de medidas tendientes a salvaguardar los intereses generales, se puede sin violar ni suprimir las garantías que protegen los derechos patrimoniales, postergar, dentro de límites razonables, el cumplimiento de obligaciones emanadas de derechos adquiridos."

5) Sobre inconstitucionalidad: "la declaración de inconstitucionalidad de las leyes, o de alguna de sus partes, constituye la más delicada de las funciones ... procedente únicamente cuando la repugnancia de la norma con la Constitución sea manifiesta, clara e indudable" (citas a precedentes).

6) Respecto de los bonos y refuerzos: "Los refuerzos previsionales están dirigidos a aquellas personas que presenten una mayor vulnerabilidad ... estas normas no comportan una manifiesta afectación del derecho a la movilidad garantizado por normas de rango constitucional."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en la sentencia transcripta.

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