JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

PELLEGRINI PEDRO RODOLFO C/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA DE LA PROV S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

El actor reclamó la recomposición de la bonificación por antigüedad y la reliquidación del haber jubilatorio por aplicación del 3% sobre los años 1996-2005. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad parcial de los arts. 1 y 2 de la ley 13.354 y ordenó la reliquidación al 3% para los años 1996-2005, con intereses y retenciones de ley.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACION EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - SAN MARTIN
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MER-12839-2025
Recurso de apelacion Bonificacion por antiguedad Reliquidacion previsional Inconstitucionalidad parcial Progresividad (const. prov. art. 39) Prescripcion (plazo bianual) Deuda de valor (art. 772 c.c.y c.) Intereses (6% tasa pura y tasa pasiva b.p.a.) Personal policial Ley 13.354

¿Quién es el actor?

Pedro Rodolfo Pellegrini, jubilado (alta previsional 22/2/13).

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Restablecimiento/reconocimiento de la bonificación por antigüedad al tres por ciento (3%) y reliquidación del haber jubilatorio por los años afectados (período 1996-2005), con sus diferencias retroactivas y recomposición futura.

¿Qué se resolvió?

Rechazó la apelación de la Caja y confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucionales los arts. 1 y 2 de la ley 13.354 en cuanto suprimen o reducen el 3% para los años 1996-2005, ordenó la reliquidación de los años 1996, 1997-2004 y 2005 al 3%, incluyó los ejercicios 2002 y 2003, determinó la forma de actualización e intereses y fijó costas a la parte demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El art. 2 de la ley n° 13.354, al reformar el art. 25 inc. b) de la ley n° 10.430, no derogó las reducciones dejando atrás un episodio clausurado, sino que las incorporó al régimen permanente de liquidación del adicional; y el art. 4 del decreto n° 1.863/05 replicó ese esquema específicamente para el personal policial, esquema que el art. 60 del decreto n° 1.050/09 -reglamentario de la ley n° 13.982- mantuvo luego expresamente respecto de los años de servicio ya cumplidos."

"La disminución de los porcentajes implica un retroceso en la estructura de la remuneración, incompatible con el principio de progresividad del art. 39 inc. 3° de la Constitución Provincial; ... las modificaciones implicaron una disminución salarial y una afectación de derechos adquiridos."

"La acción puede intentarse cada vez que la lesión se renueve, computándose el plazo individualmente para cada haber desde que cada uno se devengó ... Por la misma razón resulta inconducente la dicotomía entre 'daño continuado' y 'daño permanente' que la apelante propone..."

"La declaración de inconstitucionalidad de los arts. 1 y 2 de la ley n° 13.354 alcanza a dichas normas únicamente en cuanto establecen la supresión o reducción de la bonificación por antigüedad del tres por ciento (3%) respecto de los años 1996 a 2005."

"La reliquidación comprende los diez años que el esquema de la ley n° 13.354 computa a porcentajes inferiores al tres por ciento (3%) -el año 1996, los años 1997 a 2004 y el año 2005-, manteniéndose el cómputo vigente para los restantes: los cumplidos hasta el 31/12/95 y los posteriores al 1/1/06."

"La obligación aquí reconocida constituye una deuda de valor (art. 772 del C.C.y C.): ... el accesorio aplicable hasta ese momento ... es una tasa pura del seis por ciento (6%) anual desde cada devengamiento y hasta ese momento y, de allí en más, la tasa pasiva más alta que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días."

¿Cómo votaron los jueces?

El voto que abre el acuerdo (Dr. Luciano Enrici) propone y expone los fundamentos; el Sr. Juez Jorge Augusto Saulquin votó en idéntico sentido; el bloque dispositivo final (RESUELVE...) confirma por mayoría lo propuesto.

Normas que cita

Fallos que cita

  • GuidaCSJN · Fallos 323:1566
  • MüllerCSJN · Fallos 326:1138
  • PeraltaCSJN · Fallos 313:1513
  • TobarCSJN · Fallos 325:2059
  • ColinaCSJN · Fallos 327:5318
  • HernándezCSJN · Fallos 332:2783
  • Álvarez, GladysCSJN · Fallos 342:1847
  • RattoCSJN · Fallos 265:242
  • FacciutoCSJN · Fallos 329:304
  • Álvarez (Cámara Platense B. 65.498)C.C.A.L.P. · 26/05/2010
  • Méndez (A. 72.807)S.C.B.A. · 05/04/2017
  • Casolati (C.C.A.L.P. n° 18.434)C.C.A.L.P. · 17/08/2017
  • De Paoli (C.C.A.L.P. n° 42.730)C.C.A.L.P. · 28/08/2025
  • González (B. 60.558)S.C.B.A. · 06/11/2019
  • Barrios (C. 124.096)S.C.B.A. · 17/04/2024

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.