ANTON LUIS GUSTAVO C/ PROVINCIA ART S.A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción de revisión de resolución de la comisión médica jurisdiccional contra PROVINCIA ART S.A. y arribó a un acuerdo conciliatorio por $40.000.000 a ser pagado en dos cuotas. El Tribunal homologó el acuerdo con fuerza de cosa juzgada, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios y pagos conforme a normativa aplicable.
¿Quién es el actor?
ANTON LUIS GUSTAVO.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de revisión de resolución de comisión médica jurisdiccional (Ley 15057) y reclamos indemnizatorios derivados de la relación laboral/accidente (según carátula).
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo conciliatorio por PESOS CUARENTA MILLONES ($40.000.000) a pagar en dos cuotas de $20.000.000 cada una; se impusieron las costas a la demandada; se regularon honorarios de letrados y peritos y se ordenaron modalidades de pago y acreditaciones bancarias conforme lo dispuesto en la resolución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"RESUELVE:
1)Homologar con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio que antecede, por considerar que de las constancias del presente juicio, de las explicaciones dadas por cada uno de los litigantes, como así también de las bases del acuerdo arribado no surge obstáculo legal alguno, habiéndose alcanzado una justa composición de la litis (art. 15 L.C.T., art. 30, ley 15057 -art. 309 y ss. C.P.C.C. y art. 89, ley 15057).-
2)Imponer las costas a la demandada (art. 24, Ley 15057).-
3)Regular los honorarios profesionales de los letrados intervinientes de la siguiente manera, con los alcances de la Ley 14.967: (Valor Jus Arancelario vigente: $53.232 RP-873/26 SCBA)
Por la parte actora:
-Dra. EUGENIA MARTINA PAMPÍN, (cuit N° 27-35375914-6), en la cantidad de (100.30) CIEN CON TREINTA Jus Arancelarios.-
-Dra. DITTMAR ESCOBAR JULIANA CATALINA BELEN, (cuit N° 27-35189319-8), en la cantidad de (50) CINCUENTA Jus Arancelarios.-
Por la parte demandada:
-Dr. PABLO MANUEL PADILLA, (cuit N° 20-25020689-6), en la cantidad de (100.30) CIEN CON TREINTA Jus Arancelarios.-
-Dra. ROCIO YANEL CABAÑAS, (cuit N° 27-31414718-4), en la cantidad de (50) CINCUENTA Jus Arancelarios.-"
Además, el Tribunal incorporó las cláusulas pactadas en el acta de conciliación (mora automática, multa penal del 0,10% por día, obligación de la demandada de abonar honorarios, regulación de peritos por $2.000.000 cada uno con aportes previstos, obligación de acreditar cuenta sueldo o CBU para depósitos, y la exigencia del pago de la tasa de justicia por $924.000 bajo apercibimiento de comunicación al Agente Fiscal y ejecución).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley LCTart. 15 · Ley de contrato de trabajo
- Ley 15057 (Provincia De Buenos Aires)art. 30; art. 89; art. 24
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)art. 309 y ss.
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 15, 16, 21, 23, 54 y sig.
- Ley 27.802arts. 54, 55 · Ley de modernizacion laboral
- Ley 27.348art. 17 · Riesgos del trabajo
- Ley 26.950Convenios
- Resolución SP N°16/20 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 25865Iva - monotributo
- Ley 10.620 (Provincia De Buenos Aires)art. 193
- Ley 12.724 (Provincia De Buenos Aires)art. 27 y 33
- Ley 13.948 (Provincia De Buenos Aires)
- Decreto-ley 8999/62 (Provincia De Buenos Aires)
- CCCNart. 552 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 10.397 (Provincia De Buenos Aires)art. 295
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.