BRAUN ERICA PATRICIA C/ N. ROSSI E HIJOS S.A. S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
La actora solicitó la homologación de un acuerdo transaccional en autos laborales. El Tribunal homologó el convenio con fuerza de cosa juzgada por no advertirse obstáculo legal, impuso costas a la demandada y reguló honorarios conforme a Ley 14.967.
¿Quién es el actor?
BRAUN ERICA PATRICIA.
¿A quién se demanda?
N. ROSSI E HIJOS S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de un acuerdo transaccional celebrado entre las partes (convenio de fecha 6/10/2026) en el marco de un juicio laboral.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo transaccional con fuerza y autoridad de cosa juzgada; se impusieron las costas a la demandada; se regularon honorarios profesionales para ambos letrados; se rechazó la exención de la tasa de justicia y se intimó a la demandada al pago de la tasa ($244.906,20). Asimismo se fijaron reglas para acreditación de pagos (cuenta sueldo/CBU, exclusión de plataformas virtuales, plazos de mora y comunicaciones automáticas a la Caja de Previsión de Abogados).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que no surge del análisis de autos, obstáculo legal alguno que impida su homologación, considerando que se ha logrado una justa composición de la litis.-"
"1)Homologar con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo transaccional celebrado y acompañado en fecha 6/10/2026, por considerar que de las constancias del presente juicio, de las explicaciones dadas por cada uno de los litigantes, como así también de las bases del mismo no surge obstáculo legal alguno, habiéndose alcanzado una justa composición de la litis (art. 15 LCT., art. 30, Ley 15057 - art. 309 y ss. CPCC. y art. 89, Ley 15057).-"
"2)Imponer las costas a la demandada N. ROSSI E HIJOS S.A. (art. 24, Ley 15.057).-"
"3)Regular los honorarios profesionales de los letrados intervinientes con los alcances de la Ley 14.967: (Valor Jus Arancelario vigente: $53.232 RP-873/26 SCBA) ... Por la parte actora: -Dr. CRISTIAN NESTOR PAVON ... en la cantidad de (39,85) TREINTA Y NUEVE CON OCHENTA Y CINCO Jus Arancelarios. - Por la parte demandada: -Dr. SERGIO ARIEL PEREZ CASTRONOVO ... en la cantidad de (39,85) TREINTA Y NUEVE CON OCHENTA Y CINCO Jus Arancelarios.-"
"Recházase el pedido de exención al pago de la tasa de justicia formulado en la cláusula V. del acuerdo transaccional acompañado. En consecuencia, intímase a la demandada N. ROSSI E HIJOS S.A., para que ... acredite electrónicamente ... el pago de la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SEIS CON VEINTE CENTAVOS ($. 244.906,20.-) ... bajo apercibimiento de comunicación al Sr. Agente Fiscal para su ejecución, previo pase al departamento de cobro de tasa de justicia departamental (art. 295 del Código Fiscal -ley 10.397 t.o.- y art. 5 ley 11.594)."
(Se incluyen además los párrafos que regulan modalidad de pago, cuentas bancarias, exclusión de plataformas virtuales, plazos de mora y comunicación automática a la Receptoría y a la Caja de Previsión de Abogados, todos ellos integrando el fundamento práctico de la homologación y ejecución del convenio.)
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Leyes que cita
- Ley 11.594 de Buenos AiresDistribución de los recursos provenientes del pago de las tasas retributivas de servicios judiciales entre los agentes…
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
- Ley 10.397 de Buenos AiresCódigo fiscal
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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