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Primera Instancia

FERNANDEZ PATRICIA OLGA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió acción de amparo contra ANSES para que cese la aplicación de la escala de deducción del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 sobre su haber previsional y se reintegren las sumas descontadas. El Juzgado hizo lugar al amparo, declaró inaplicable el art. 9.2 a su caso, ordenó el cese del descuento y la devolución de los montos indebidamente retenidos con intereses, y dispuso que no se practiquen retenciones por Impuesto a las Ganancias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 8
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 054357/2026
Amparo Anses Ley 24.463 art. 9.2 Inaplicabilidad Impuesto a las ganancias Prescripcion (art. 82 l.18.037) Devolucion de haberes Seguridad social Jubilacion Intereses.

¿Quién es el actor?

FERNANDEZ PATRICIA OLGA (actora/jubilada docente).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se reclamó el cese del descuento aplicado sobre el haber previsional en virtud del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463, la inaplicabilidad de dicha escala al caso de la actora y la devolución de las sumas retenidas; además se solicitó que no se practiquen retenciones por Impuesto a las Ganancias sobre haberes y retroactivos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción de amparo; se declaró inaplicable el art. 9.2 de la ley 24.463 al caso; se ordenó a ANSES que cese en el descuento dentro de 30 días, que se abstenga de practicar retenciones por Impuesto a las Ganancias sobre haberes mensuales y sumas retroactivas y que devuelva las sumas indebidamente descontadas con intereses; se admitió la excepción de prescripción respecto de créditos anteriores a dos años; se impusieron las costas a la demandada y se dispuso regulación diferida de honorarios para ejecución. (La decisión coincide con el dispositivo final.)

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"5.- En consecuencia, teniendo en cuenta el criterio sentado por ambas Salas, como así también el carácter alimentario del crédito reclamado en autos, he de declarar la inaplicabilidad del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 al régimen del actor y consecuentemente he de ordenar el cese del descuento que la accionada aplica sobre sus haberes previsionales."

"8.- En relación al planteo referido a la Ley de Impuesto a las Ganancias, cabe determinar si tanto el haber mensual como las sumas retroactivas que generen la presente sentencia, se encuentran o no alcanzadas por éste. Respecto del haber mensual, el Máximo Tribunal se expidió en la causa “García María Isabel c/AFIP s/Acción Meramente Declarativa de Inconstitucionalidad” el 26/3/19 y recientemente en la causa “Garcia Marta Susana c/ Anses s/ Reajustes Varios” del 10/09/20, ordenando que hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto, no corresponde retener suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional (cfr. considerando 24); consecuentemente, por economía procesal, aplicaré la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación."

"Por lo precedentemente expuesto, RESUELVO: 1) Hacer lugar a la acción de amparo incoada. 2) Declarar la inaplicabilidad al caso de lo dispuesto en el art. 9.2 de la ley 24.463. 3) Ordenar a la demandada ANSES que abone a la actora en el plazo de treinta (30) días ... absteniéndose de formular descuento alguno por Impuesto a las Ganancias ... procediendo a la devolución de las sumas indebidamente descontadas por tal concepto, con más sus intereses."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en el texto; la decisión corresponde íntegramente al magistrado que firma.

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 9 inc.2 · Solidaridad previsional
  • Ley 24.241art. 168 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.016Docentes
  • Ley 16.986arts. 1, 2, 14 · Amparo
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.423art. 36; art. 2 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 25.344Emergencia economica-financiera
  • Ley 25.565Presupuesto

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