L.P., L. L. c/ GALENO ARGENTINA SA s/AMPARO DE SALUD
La actora promovió amparo contra Galeno Argentina S.A. por aumentos por edad en la cuota de medicina prepaga tras cumplir 65 años. El juzgado hizo lugar al amparo y condenó a readecuar la cuota aplicando únicamente el porcentaje máximo previsto en la matriz del art. 6° de la Resolución 2407/2023 según la antigüedad, e impuso costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
L. L. L. P. (Leonarda Liliana La Penna).
¿A quién se demanda?
Galeno Argentina S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de amparo por considerarse ilegales y abusivos los aumentos aplicados a la cuota de medicina prepaga al cumplir la actora 65 años (incrementos desde $185.537,17 hasta $405.159,83 en meses sucesivos; aumento de 59,16% de abril a mayo de 2024). Solicita readecuación de la cuota y reserva la acción para reclamar sumas abonadas en exceso; pidió justicia gratuita.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al amparo. Se condenó a Galeno Argentina S.A. a readecuar el valor de la cuota de la actora, aplicando por razón de su edad únicamente el porcentaje máximo que corresponda conforme la matriz prevista en el art. 6° de la Resolución 2407/2023 de la Superintendencia de Servicios de Salud, según la antigüedad de la afiliada al cumplir 65 años, computada de acuerdo con el art. 7° de dicha resolución, sobre el valor de la cuota vigente a esa fecha, con más los aumentos generales que correspondan al plan contratado, y computándose los importes acreditados mediante las notas de crédito agregadas en autos. Se impusieron las costas a la demandada y se fijaron honorarios al letrado de la actora en $2.160.100 (20 UMA). La actora mantuvo la reserva para reclamar las sumas abonadas en exceso por la vía pertinente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De acuerdo con la antigüedad invocada -que no ha sido desconocida-, al cumplir 65 años la actora contaba con más de cinco años de afiliación, por lo que el incremento por edad que la demandada podía aplicarle no podía exceder, según el cómputo que corresponda conforme el art. 7° de la citada resolución, del 15% o del 12% sobre el valor de la cuota a esa fecha. Incluso en el supuesto más desfavorable para la afiliada -una antigüedad menor a seis meses-, el tope sería del 30%, porcentaje que igualmente resulta ampliamente superado por el aumento registrado."
"Frente a ello, la demandada no brindó explicación alguna. Guardó silencio ante la intimación previa cursada en los términos del art. 400 del Código Procesal, no produjo el informe previsto por el art. 8 de la ley 16.986 pese a encontrarse debidamente notificada, no contestó el traslado de los fundamentos del recurso de apelación y no acompañó elemento alguno que permita conocer la composición del incremento aplicado, la antigüedad computada ni el porcentaje imputado a la edad de la afiliada. Tal conducta cobra especial relevancia si se tiene en cuenta que, en las relaciones de consumo, los proveedores deben aportar al proceso todos los elementos de prueba que obren en su poder..."
"Así las cosas, la acción debe prosperar debiendo la accionada readecuar el valor de la cuota de la actora, aplicando por razón de su edad únicamente el porcentaje máximo que corresponda conforme la matriz prevista en el art. 6° de la Resolución 2407/2023 de la Superintendencia de Servicios de Salud, según la antigüedad de la afiliada al cumplir 65 años, computada de acuerdo con el art. 7° de dicha resolución, sobre el valor de la cuota vigente a esa fecha, con más los aumentos generales que correspondan al plan contratado."
¿Cómo votaron los jueces?
no existen votos en disidencia en esta sentencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
Fallos que cita
- Fallos 321:2823
- Fallos 325:292
- Fallos 326:4931
- Fallos 302:1284
- Fallos 316:479
- Fallos 316:1533
- Fallos 322:523
- Fallos 325:742
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.