JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Juan Carlos Cassagne y Otros c/ Manliba S.a. y Otra

La Corte Suprema desestimó la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario deducido contra la regulación de honorarios de árbitros, secretarios y perito contador en un juicio arbitral. El voto de Barra y Boggiano, que no integra la decisión de la mayoría, propuso fijar como pauta orientadora para honorarios arbitrales las escalas de la Cámara de Comercio Internacional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 315:3011
Recurso de queja Recurso extraordinario Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Honorarios de arbitros Honorarios de peritos contadores Arbitraje Ley 21.839 Arancel de abogados Camara de comercio internacional

¿Quién es el actor?

Juan Carlos Cassagne y otros.

¿A quién se demanda?

Manliba S.A. y otra.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

juicio arbitral; en esta etapa, la regulación de honorarios de los árbitros, de los secretarios del tribunal y del perito contador.

¿Qué se resolvió?

la mayoría de la Corte desestimó la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) y declaró perdido el depósito de fs. 1.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el considerando único de la mayoría sostiene: "Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

sostienen que, según jurisprudencia del Tribunal, las cuestiones sobre honorarios y aplicación de normas arancelarias son materia ajena al recurso del art. 14 de la ley 48 ("en virtud de su carácter fáctico y procesal"), que la regulación de los árbitros aparece fundada en la ley 21.839 y que el honorario del perito se rige por el decreto-ley 16.638/57. Además, afirman: "no existe fundamento jurídico para considerar aplicables las leyes arancelarias de abogados y procuradores a los profesionales que han intervenido como árbitros en un juicio arbitral". Proponen como pauta orientadora "las escalas previstas en el Reglamento de Conciliación Facultativa y de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional" y que el nuevo criterio rija sólo para sentencias notificadas con posterioridad a ese fallo.

Normas que cita

  • Ley 21.839arts. 10, 18 · Aranceles y honorarios de abogados
  • Decreto-ley 16.638
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Cassagne, Juan Carlos y otros c/ Manliba S.A. y otraCSJN · 23/12/1992
  • Fallos 303:509CSJN
  • Fallos 304:501CSJN
  • Fallos 305:1894CSJN
  • Fallos 307:109CSJN
  • Fallos 304:1953CSJN
  • Fallos 308:1200CSJN
  • Fallos 308:552CSJN

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