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Primera Instancia

FERRER VARELA, LAURA ESTEFANIA c/ ARCA s/AMPARO LEY 16.986

La actora, jubilada, promovió acción de amparo contra ARCA para que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 79 inc. c) de la Ley 20.628 de impuesto a las ganancias y se le reintegraran las retenciones sobre sus haberes previsionales. El Juzgado tuvo a la demandada por allanada y declaró la inconstitucionalidad de la norma para el caso concreto, ordenando el cese de los descuentos y la devolución de las sumas no prescriptas, con costas por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE ROSARIO 2
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 039440/2026
Amparo Impuesto a las ganancias Jubilaciones Haberes previsionales Inconstitucionalidad Allanamiento Prescripcion quinquenal Devolucion de retenciones Costas en el orden causado Arca.

¿Quién es el actor?

LAURA ESTEFANÍA FERRER VARELA, jubilada.

¿A quién se demanda?

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA, ex A.F.I.P.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la Ley 20.628 (texto según Leyes 27.346 y 27.430, conf. decreto 824/2019) y restitución de las sumas retenidas en concepto de impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales, no prescriptas, con intereses.

¿Qué se resolvió?

se tuvo a la demandada por allanada en forma total; se hizo lugar al amparo, se declaró la inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) para el caso concreto; se ordenó a ARCA que se abstenga de realizar los descuentos sobre los haberes previsionales de la actora y devuelva los montos retenidos por el período no prescripto, con el interés previsto en la sentencia; costas por su orden (art. 14, ley 16.986); honorarios diferidos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Respecto de los intereses, las sumas a reintegrar devengarán la tasa pasiva promedio que mensualmente publica el B.C.R.A. desde la fecha de cada retención y hasta su efectivo pago."

Sobre el alcance temporal: "Prescribirán a los CINCO (5) años las acciones para exigir, el recupero o devolución de impuestos." (art. 56, Ley 11.683), con cita de la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal: "Esta interpretación se muestra respetuosa de las particularidades del derecho tributario... cabiendo recurrir al derecho privado sólo con carácter supletorio o secundario."

Sobre las costas: "Por lo tanto, ponderando el allanamiento oportuno, total e incondicionado y el régimen que en materia de costas dispone la Ley 16.986, corresponde distribuirlas en el orden causado (art. 14, Ley 16.986)."

Fundamento de la inconstitucionalidad: "...corresponde declarar —para el caso concreto— la inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la Ley 20.628..., en atención a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'García, María Isabel c/ AFIP' (Fallos: 342:411)."

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