JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

LIENDO, JORGE AGUSTIN c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor reclamó el reajuste de su haber previsional por movilidad y por la forma de cálculo del haber inicial. La Cámara Federal de Córdoba modificó la sentencia de primera instancia: declaró la constitucionalidad de las Leyes 27.426 y 27.541 para la movilidad del período en cuestión e impuso las costas de primera instancia por su orden, confirmando lo demás.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
FCB 035608/2022/CA001
Seguridad social Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Constitucionalidad ley 27.426 Ley 27.541 Precedente elliff Precedente villanustre Topes arts. 9 y 25 ley 24.241 Isbic Impuesto a las ganancias

¿Quién es el actor?

Jorge Agustín Liendo, titular de un beneficio previsional otorgado con arreglo a la ley 24.241 el 06.01.2017.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber previsional (recálculo del haber inicial y movilidad), con planteos sobre el precedente "Elliff", el art. 2 de la Ley 27.426, la Ley 27.541, los topes de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241, el precedente "Villanustre", la tasa de interés, el Impuesto a las Ganancias y las costas.

¿Qué se resolvió?

la Cámara modificó la sentencia de grado en tres puntos: (a) tener presente lo expuesto sobre el recálculo del haber inicial de los aportes bajo relación de dependencia, con actualización por ISBIC hasta febrero de 2009; (b) declarar la constitucionalidad de las Leyes 27.426 y 27.541 para la movilidad del período, revirtiendo la declaración de inconstitucionalidad de primera instancia; (c) imponer las costas de primera instancia en el orden causado. Confirmó lo demás: la aplicación de "Villanustre" en la etapa de ejecución (carga de la prueba en ANSES), la aplicación de "Barrios" condicionada a su verificación en ejecución, el diferimiento de la actualización de la PBU a liquidación, la aplicación de "Gualtieri" y "Lolhé" para los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241, y la inaplicabilidad de la retención del Impuesto a las Ganancias según "García, María Isabel". Costas de segunda instancia por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la constitucionalidad de las leyes de movilidad: "más allá del criterio sostenido por esta Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba en reiteradas oportunidades, atento lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos: 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos', Sentencia de fecha 4 de diciembre de 2025, donde se pronunció respecto a la validez constitucional de la normativa aquí cuestionada, corresponde hacer lugar al recurso de apelación de la demandada y modificar la Sentencia recurrida en este punto."

Sobre el valor de los precedentes: "el valor de la jurisprudencia que provee de fundamento a la doctrina jurisprudencial del Máximo Tribunal de la Nación es la autoridad institucional de sus precedentes, fundada en la condición de que el Alto Tribunal es el intérprete supremo de la Constitución Nacional y de las leyes dictadas en su consecuencia..."

Sobre el Impuesto a las Ganancias: "cabe remitirse a lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'García, María Isabel', sentencia de fecha 26 de marzo de 2019... Por lo tanto, el recurso de apelación en este punto no puede prosperar."

Sobre topes: "corresponde confirmar lo dispuesto por el Juzgador en cuanto al punto y establecer que sería procedente declarar la inconstitucionalidad de dichos artículos en la medida que, practicada la liquidación, resulte una quita que supere el porcentaje antes indicado [15%]."

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 9, 24, 25, 26, 97 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463arts. 9, 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 27.426art. 2 · Reforma previsional
  • Ley 27.541Emergencia publica
  • Ley 27.260Reparacion historica para jubilados y pensionados
  • Ley 20.628Impuestos a las ganancias
  • Ley 27.423arts. 2, 30, 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Resolución 23/2004 (ANSES)art. 2

Fallos que cita

  • ElliffCSJN
  • Villanustre, Raúl FélixCSJN · 17/12/1991
  • Barrios, Idilio Anelio c/ ANSESCSJN · 21/08/2013
  • Gualtieri, Alberto c/ ANSeSCSJN · 11/04/2017 · Fallos 340:411
  • Lolhé, María Teresa Inés c/ ANSeSCSJN · 15/10/2015 · Fallos 338:1017
  • García, María IsabelCSJN · 26/03/2019
  • Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeSCSJN · 04/12/2025
  • Blanco, Lucio Orlando c/ ANSESCSJN · 18/12/2018
  • Quiroga, Carlos Alberto c/ AnsesCSJN · 11/11/2014
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • Actis Caporale, Loredano LuisCSJN · 19/08/1999
  • Arte Radiotelevisivo Argentino S.A. c/Estado nacionalCSJN · 11/02/2014 · Fallos 183:409
  • Ramos, Miguel Efraín c/ ANSESCAMARA FEDERAL CORDOBA · 02/12/2015
  • Cattaneo, Oscar c/ ANSESCAMARA FEDERAL CORDOBA · 02/12/2015
  • Marinati, Nilda Ana c/ ANSESCFSS SALA III · 14/07/2022

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