JurisprudenciaARG
Primera Instancia

DIAZ CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor, beneficiario de una pensión derivada de la ley 24.241, reclamó el reajuste de su haber previsional, la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas de movilidad y la actualización de la PC y PAP. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando la actualización de la PBU con el índice Badaro y rechazando el reajuste de la PC y PAP, topes de ley y movilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 8
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 035748/2026
Reajuste previsional Pension derivada Ley 24.241 Pbu Indice badaro Movilidad previsional Ley 27.609 Prestacion compensatoria Prescripcion Inconstitucionalidad

¿Quién es el actor?

Carlos Alberto Díaz.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional de una pensión derivada otorgada bajo la ley 24.241, con cuestionamiento de la inconstitucionalidad de diversos artículos de las leyes 24.463 y 24.241, actualización de PC y PAP y movilidad.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda, actualizando la PBU con el índice "Badaro" y ordenando a ANSES practicar la actualización en 120 días, con abono de diferencias y sus intereses si resultan confiscatorias. Se rechazó la demanda en cuanto a la actualización de PC y PAP, topes de ley y movilidad. Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...toda vez que se trata de un beneficio adquirido con posterioridad a la ley de movilidad n° 26417 y en vigencia de la ley 27609, en base a la modificación del art. 2 de la ley 26417, introducida por el art. 4 de la Ley 27609, corresponde estarse, para su actualización, a las pautas allí establecidas."

"...estimo que no se dan, en el caso, los presupuestos establecidos en el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c/Anses' sentencia del 11-11-04 ya que no habría liquidación posterior. Por lo tanto y a los fines de no cercenar los derechos del beneficiario, actualícese la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: 'Badaro Adolfo Valentín' del 26.11.07..."

"La parte actora, no adquirió el derecho a la aplicación de una determinada doctrina o de un determinado índice, sino que, al cese, le corresponde que su haber previsional se calcule con la actualización de las remuneraciones que prevé la normativa vigente a la fecha en que adquirió el derecho."

"...el interesado en la declaración de inconstitucionalidad de una norma debe demostrar claramente de qué manera ésta contraría la Constitución Nacional, causándole de ese modo un gravamen..." (Fallos 316-687).

"Corresponde, en relación a los intereses, que de resultar el cálculo de la PBU a practicarse confiscatorio, se liquiden desde que cada suma es debida conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. CSJN, in re: 'Spitale Josefa Elida c/ANSeS')."

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 24, 30 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 18.038art. 36 · Jubilaciones y pensiones
  • Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 27.426arts. 2, 3 · Reforma previsional
  • Ley 27.541Emergencia publica
  • Ley 26.222art. 2 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CCyCNart. 7 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Decreto 163
  • Decreto 1058
  • Acordada 10art. 7

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.