RAISING SA c/ EN - AFIP - DGA - SIGEA 13289-12145-2018 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La firma Raising SA reclamó la repetición de derechos de exportación abonados en exceso sobre cueros bovinos, por la diferencia entre la base imponible fijada por la resolución 537/1992 y el valor aduanero del artículo 734 del Código Aduanero. La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, por entender que la metodología de la resolución 537/1992 no era aplicable al permiso de embarque oficializado bajo el decreto 133/2015.
¿Quién es el actor?
Raising SA.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - AFIP - DGA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
repetición de la suma de $100.913,70 abonada en exceso en concepto de derechos de exportación sobre la mercadería de la posición arancelaria SIM 4101.50.10.120C, rechazada mediante RESOL-2021-172-E-AFIP-DIABSA#SDGOAM del 24/11/2021.
¿Qué se resolvió?
la Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala III, rechazó la apelación del Fisco y confirmó la sentencia de primera instancia que dejó sin efecto la resolución administrativa, reconoció el derecho a repetir las sumas con intereses (desde 12/07/2018 hasta el pago, conforme artículos 811 y 812 del Código Aduanero) e impuso las costas a la demandada (art. 68, primer párrafo, CPCCN). El voto fue unánime, con adhesión de los Dres. Sergio Gustavo Fernández y Jorge Eduardo Morán.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las partes no discuten la procedencia de los derechos de exportación abonados ni la aplicación de la referida alícuota, sino que el conflicto se centra en dilucidar cuál es la base imponible para el cálculo del tributo aduanero".
"[E]l decreto 133/2015 no estableció ninguna base imponible específica para el cálculo de los derechos de exportación involucrados en la controversia".
"[L]as fórmulas para obtener la base imponible destinada a calcular los derechos de exportación de cuero bovino -contempladas en la resolución 537/1992- no fueron mantenidas tras el dictado del decreto 133/2015. Por el contrario, dicha metodología de cálculo fue prevista por última vez en el decreto 100/2012, sin que hubiese sido prorrogada o extendida por ninguna norma posterior".
"[L]a finalidad de estimular y reactivar la producción en esos sectores económicos mediante la promoción de las exportaciones de sus productos, aparece como sustancialmente diferente de la que motivó el dictado de la resolución 537/1992 (…) impiden considerar que este último haya sido (…) un complemento de la resolución 537/1992".
Conclusión: "la metodología para calcular la base imponible establecida en la resolución 537/1992 no resultaba aplicable al momento de oficializarse el permiso de embarque bajo examen".
La Sala remitió a sus sentencias previas en las causas 21.671/2021 y 21.679/2021, y señaló que todas las salas de la Cámara se pronunciaron en sentido concordante.
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Normas que cita
- Decreto 133
- Resolución 537
- Decreto 509
- Decreto 100
- Resolución 314
- Resolución 598
- Resolución 559
- Resolución 3
- Ley 17.454
Fallos que cita
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- Fallos 319:2249CSJN
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- Fallos 343:140CSJN
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