ESCALANTE MARTIN DAMIAN C/ SUPERMERCADOS TOLEDO SA S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra Supermercados Toledo SA, que culminó en una transacción. El Tribunal del Trabajo Nro. 5 homologó el acuerdo conciliatorio por $3.000.000 y reguló el modo de pago, con depósito directo en la cuenta del actor y costas a cargo de la demandada.
¿Quién es el actor?
MARTIN DAMIAN ESCALANTE.
¿A quién se demanda?
SUPERMERCADOS TOLEDO SA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo por despido. Las partes arribaron a una transacción (acuerdo conciliatorio nro. 246103746008145908).
Resolución: el Tribunal homologa el acuerdo "en cuanto por derecho corresponde" y revalida la suma total de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000) a favor del actor, a cargo de la demandada, con costas a cargo de la demandada. Se dispone el pago por depósito directo en la cuenta del actor, con intimación para que la denuncie en dos días. Se exime de tasa de justicia si el acuerdo se cumple puntualmente. Se regulan honorarios de los letrados Dr. Carlos Alberto Veron (11,271 JUS, equivalentes a $600.000), Dra. María del Valle Oro Muro (3,757 JUS, equivalentes a $200.000) y Dr. Rubén Osvaldo (H) Vespa (7,514 JUS, equivalentes a $400.000), más IVA si corresponde, y del perito contador Mauricio Curto ($210.000).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"importando la solución arribada una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Ley 15.057 conf. Res. 1840/24 SCBA), deberá homologarse la misma, teniendo presente lo demás manifestado e imponiéndose las costas a la demandada (SCBA 10-9-95 "Garzon c/ El Mangrullo.." en Carpetas DT 1985-2434)."
"El pago del capital del presente acuerdo, en orden al principio de economía procesal y en uso de las facultades ordenatorias previstas en el art. 12 de la Ley 15.057, en procura de agilizar el cobro de los importes correspondientes al capital acordado, el cual goza de naturaleza alimentaria (conf. Art. 552 CCy CN), el tribunal dispone que a los fines de efectivizarse los pagos pactados, se autoriza a efectuar los depósitos en forma directa en la cuenta del actor..."
"Las Señoras Juezas Dra. Gómez y Dra. Moscuzza adhieren por sus fundamentos al voto precedente votando con idéntico alcance."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 12, 30
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 16, 21, 22, 23, 28, 43, 51, 54
- Ley 6.716 (Provincia De Buenos Aires)art. 14
- Ley 8.455 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 13.750 (Provincia De Buenos Aires)arts. 175, 206, 207
- Ley 10.620 (Provincia De Buenos Aires)art. 193
- Ley 12.724 (Provincia De Buenos Aires)art. 33
- Ley 13.948 (Provincia De Buenos Aires)
- CCyCNart. 552 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Acordada 4013 (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 4016 (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 4039 (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 3975 (Provincia De Buenos Aires)
- Resolución 1840 (Provincia De Buenos Aires)
- Resolución 873 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 20.744
Fallos que cita
- Garzón c/ El MangrulloSCBA · 10/09/1995
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.